INE baja spot en que Anaya exige a Peña sacar manos de la elección

Los consejeros Benito Nacif, Adriana Favela y Claudia Zavala concluyeron que el video se trata de aparente publicidad pagada en redes sociales que podría posicionar indebidamente al panista.

Lorena López
Ciudad de México /

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral ordenó al PAN, el PRD y Movimiento Ciudadano retirar en 24 horas un video que aparece en YouTube, donde su candidato presidencial, Ricardo Anaya, exige al presidente Enrique Peña sacar las manos del proceso electoral.

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Los integrantes de la comisión concluyeron de manera unánime, que se trata de aparente publicidad pagada en redes sociales, "lo cual podría posicionar indebidamente a Ricardo Anaya Cortés y con ello obtener una ventaja indebida frente al electorado dentro del periodo de intercampaña".

Entre los indicios que consideraron los consejeros Benito Nacif, Adriana Favela y Claudia Zavala para suponer que se trata de difusión de contenido prohibido es que en el video se observa la palabra publicidad o anuncio y un hipervínculo para acceder a su perfil de Facebook, además de que no es propaganda genérica, por lo cual concluyeron que "existe el riesgo de que por medio de éste se obtenga un beneficio frente al electorado".

Y es que, de acuerdo con la decisión unánime, se puede apreciar de manera central la imagen, voz y nombre de Ricardo Anaya, con frases de rechazo a otras fuerzas políticas como los también precandidatos presidenciales José Antonio Meade y Andrés Manuel López Obrador.

En la sesión los consejeros declararon improcedente suspender la difusión de un spot del Partido del Trabajo donde aparece una mujer maniatada que intenta escapar de una aplanadora, que de acuerdo con el PRI refuerza estereotipos por razón de género.

Tampoco se concedieron medidas cautelares, ni se ordenó a Morena prevenir la realización de un evento como el realizado por Andrés Manuel López Obrador para presentar a su posible gabinete en caso de ganar la elección del próximo 1 de julio. Los integrantes de la comisión valoraron que el anuncio del candidato presidencial no fue un acto anticipado de campaña.

También de manera unánime se concluyó que no podía ordenarse la suspensión de una propaganda alojada en el sitio Google Adwords con contenido aparentemente calumnioso contra Ricardo Anaya, porque el vínculo electrónico ya no está vigente y porque para acceder al sitio web denunciado era requerido un acto de voluntad que implicaba una búsqueda específica por los interesados en consultar la nota de la cual se quejaba el PAN.


VJCM

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