Corte reabre caso de suicidio ante sospecha de feminicidio

Ordenó a las procuradurías del país investigar los casos de muertes violentas de mujeres desde una perspectiva de género, como el de Mariana Lima; la PGJEM debe sancionar a funcionarios.

Irinea Buendía, madre de Mariana, dijo que los ministros "estuvieron a la altura" e hicieron justicia, y le brindaron el mejor regalo a su hija, quien
Irinea Buendía documentó y exhibió pruebas de que su hija no se suicidó.
Rubén Mosso
Ciudad de México /

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió los criterios que deben seguir las procuradurías de justicia del país en casos de muertes violentas de mujeres, los cuales deben ser investigados y juzgados desde una perspectiva de género, sin discriminación, para determinar si se trata o no de feminicidios.

El fallo es histórico porque es el primer pronunciamiento que realiza el Alto Tribunal sobre el tema.

Por unanimidad, los ministros ordenaron a la Procuraduría General de Justicia del Estado de México (PGJEM) volver a investigar la muerte de Mariana Lima Buendía, ocurrida en 2010, quien sufría de maltrato y era esposa del agente judicial de esa entidad, Julio César Hernández Ballinas, quien hoy es comandante en el municipio de Chimalhuacán.

Asimismo, la PGJEM debe "remover todos los obstáculos" de esa indagatoria y sancionar a los funcionarios que incurrieron en irregularidades, situaciones que impidieron conocer la verdad de los hechos.

Al término de la sesión, el abogado Rodolfo Manuel Domínguez Márquez, informó que con el fallo se debe investigar al ex procurador Alfredo Castillo Cervantes, ya que él determinó el no ejercicio de la acción penal contra el agente.

Mientras que Miguel Ángel Contreras Nieto, quien sucedió en el cargo a Castillo, no quiso reponer el proceso e investigar la muerte de Mariana como feminicidio.

La ministra Olga Sánchez Cordero dijo que esta sentencia es de la mayor trascendencia, en virtud de que analiza la cultura de la violencia contra la mujer en nuestro país y su impacto negativo en el actuar y diligencia de las procuradurías de justicia en la conducción de las averiguaciones previas, así como la percepción de los órganos judiciales ante asuntos de esta naturaleza.

"Me parece que la consulta (el proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena) pone de manifiesto la necesidad y urgencia en el cambio de patronos que implican vulneración a los derechos de las mujeres y el análisis bajo una perspectiva de género", expresó.

RESOLUCIÓN

La sentencia derivó de un amparo otorgado a Irinea Buendía Cortez, madre de Mariana, quien con el apoyo de organizaciones no gubernamentales documentó y exhibió pruebas de que su hija no se suicidó el 28 de junio de 2010, tal y como aseguró Julio César, quien dio parte del hecho a las autoridades.

Hay elementos que hacen presumir que la muerte de Mariana (quien hoy hubiera cumplido 34 años) fue producto de un homicidio, ya que la escena del crimen fue alterada.

En la indagatoria no se practicaron las diligencias mínimas que obligaba el Protocolo de Actuación en la Investigación del Delito de Homicidio desde la Perspectiva del Feminicidio, además de que no se tomaron en cuenta las denuncias de que el agente judicial constantemente golpeaba a la víctima.

CRITERIOS

La Primera Sala destacó, que siguiendo estándares internacionales, nacionales e incluso locales, y con base en los derechos humanos a la igualdad y a la no discriminación, que cuando se investigue la muerte violenta de una mujer, los órganos investigadores deben realizar su indagatoria con perspectiva de género, para poder determinar si hubo o no razones de género en la causa de la muerte y para poder confirmar o descartar el motivo de la misma –y, en su caso, poder determinar en la investigación si se trató o no de un feminicidio–.

Los ministros coincidieron que en los casos de muertes de mujeres se deben preservar evidencias específicas para determinar si hubo violencia sexual y se deben hacer las periciales pertinentes para determinar si la víctima estaba inmersa en un contexto de violencia.

De igual manera, se deben investigar, de oficio, las posibles connotaciones discriminatorias por razón de género en un acto de violencia perpetrado contra una mujer.

"Ninguno de los estándares establecidos en los párrafos anteriores se respetó en el caso en conocimiento de la Sala, sino por el contrario, se determinó que en la investigación existieron irregularidades, falencias, omisiones y obstrucciones de justicia, las cuales han impedido que se conozca la verdad de los hechos", recalcaron.

MADRE

Al final de la sesión, entre sollozos, Irinea Buendía dijo que los ministros "estuvieron a la altura" e hicieron justicia, y le brindaron el mejor regalo a su hija, quien este día cumpliría 34 años de edad.

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