La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación otorgó el segundo amparo que permite el cultivo, procesamiento y consumo de mariguana para fines lúdicos y recreativos.
Con una nueva conformación de la Sala, la ministra Norma Piña Lucía Hernández se sumó al criterio que había adoptado la mayoría de los ministros el 4 de noviembre de 2015.
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La medida beneficia únicamente al abogado Ulrich Richter, quien reclamó cinco artículos de la Ley General de Salud.
Jorge Mario Pardo Rebolledo propuso amparar al litigante; sin embargo, el ministro votó en contra de su proyecto.
Pardo ha manifestado estar en contra de la prohibición absoluta del consumo de la mariguana, pero como no existe una ley o reglamento que permita adquirir la semilla de mariguana, representa un obstáculo para los consumidores.
Cuando sumen cinco casos similares, el criterio de la Sala se convertirá en jurisprudencia y los consumidores que busquen cultivar, procesar y consumir mariguana para fines lúdicos y recreativos, podrán solicitar su permiso ante la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris).
En noviembre de 2015, la Sala emitió el primer fallo sobre el tema, luego de que cuatro quejosos promovieron un amparo colectivo contra diversos preceptos de la Ley General de Salud.
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Las dos sentencias emitidas prohíben tajantemente la comercialización del enervante y su distribución a terceros.
Hace más de dos años, la Sala consideró que en este tema se trata de un asunto que tiene que ver con la libertad de las personas y de la posibilidad para elegir el destino y el modelo de vida que quieren llevar.
El pronunciamiento más importante que se hizo en esa ocasión para apoyar el proyecto del ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, lo realizó el ministro José Ramón Cossío Díaz, quien manifestó que la experiencia de los últimos 50 años demuestra que la política prohibicionista en materia de drogas ha fracasado y que por lo mismo la misma requiere un cambio, porque no disminuido la prevalencia de las adicciones en el mundo ni en nuestro país.
“…es claro que la política que limite el acceso a sustancias controladas, ha contribuido a incrementar la violencia y la corrupción asociadas a la delincuencia organizada, ha lastimado tanto a comunidades como a individuos y ha generado un mercado negro de millones de dólares afectando con todo ello los derechos humanos y la salud de la población mundial y nacional”, expresó Cossío.
El tema de la mariguana volvió a ser abordado en abril de 2016, pero por el Pleno de la Corte. Esa vez se negó amparar a la empresa Comercializadora Rubicón, la cual pretendía sembrar, cultivar y cosechar el enervante, para desarrollar, importar, exportar y vender en México, medicinas y tratamientos a base de Tetrahidrocannabinol (THC) y cannabis.
Con seis votos contra cinco, el Pleno de la Corte determinó que una persona moral no puede invocar el derecho a la salud, porque, en términos coloquiales, no se puede enfermar, motivo por el cual declaró inoperantes los alegatos de la quejosa.
El Pleno de la Corte todavía tiene pendiente por discutir el tema del uso medicinal, porque aún no analiza el caso de la niña Graciela Elizalde Benavides, mejor conocida como Grace, a quien se le permitió el uso de cannabidiol (derivado de la marihuana) con fines médicos, gracias a una suspensión provisional otorgada por un juez federal.
nerc