Promueven amparo a sargento por homicidio en Palmarito

El 3 de mayo elementos del Ejército se enfrentaron contra presuntos delincuentes que se dedican al robo de hidrocarburo, incidente que dejó cuatro militares y seis civiles muertos.

Video que presuntamente muestra la ejecución extrajudicial de un civil por parte de miembros del Ejército.
Editorial Milenio
Ciudad de México /

El sargento José “N”, quién fue vinculado a proceso por el presunto homicidio califi cado de Paulino Martínez Silva, El Pavis o El Pavín, en el poblado de Palmarito Tochapan, municipio de Palmar de Bravo, Puebla, promovió un amparo contra la resolución judicial.

Alejandro Robledo, abogado del soldado, dijo a MILENIO que el recurso fue interpuesto ante el primer Tribunal Unitario en Puebla, con la intención de que recupere su libertad por lo que hace a ese supuesto ilícito, ya que también enfrenta una acusación por deserción ante la justicia castrense.

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El pasado 3 de mayo, en la mencionada localidad, elementos del Ejército se enfrentaron contra presuntos delincuentes que se dedican al robo de hidrocarburo, denominados huachicoleros, incidente que dejó cuatro militares y seis civiles muertos.

La Procuraduría General de la República presentó como prueba contra el sargento José “N” un video de una cámara de seguridad que fue instalada en el poblado por los delincuentes, la cual grabó el momento en el que supuestamente se aprecia cómo el militar dispara contra El Pavis, después de que un soldado fue asesinado por la espalda por otro criminal.

La víctima era primo de Antonio Martínez Fuentes, El Toñín, identifi cado como el líder de la banda que se dedica al robo de combustible en esa región. En la sentencia pública del segundo Tribunal Unitario del Sexto Circuito, órgano que revocó el fallo del juez de control y ordenó la vinculación a proceso del militar, se menciona que el juzgador violó el principio de igualdad entre las partes.

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Lo anterior, porque “indiscutiblemente” dio preferencia a las pruebas aportadas por la defensa del acusado, sin hacer mención alguna a las presentadas por la PGR. La procuraduría argumentó en el recurso de apelación que “el juez vulneró el contenido del artículo 265 del Código Nacional de Procedimientos Penales, y demeritó la labor ministerial en la investigación y con ello el principio de buena fe con el que la institución trabaja”. En el expediente también se señala que los cuatro testigos cayeron en contradicciones ante el juez de control.

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