Bloquean más de 15 mil cuentas bancarias en 10 meses; el monto de lo congelado asciende a casi 5 mdp
El gobierno federal, a través de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) congeló casi cinco mil millones de pesos de septiembre de 2025 a junio del presente año, numerario que forma parte de 15 mil 968 cuentas bancarias investigadas por presunto delitos de lavado de dinero.
De acuerdo con el Segundo Informe de Gobierno presentado por la presidenta Claudia Sheinbaum, se informó que las autoridades hacendarias elaboraron 29 mil 679 reportes de inteligencia y se presentaron 173 denuncias ante la Fiscalía General de la República (FGR).
Asimismo, se realizaron 147 acuerdos administrativos, cuya consecuencia fue la inclusión de 1 mil 508 sujetos, de los cuales 1 mil 010 son personas físicas y 498 personas morales, en la Lista de Personas Bloqueadas (LPB).
Derivado de dicha inclusión, las instituciones financieras bloquearon 15 mil 968 cuentas, mismas que representaron un monto estimado de 4 mil 952 millones 300 mil pesos.
Adicionalmente, en cumplimiento de las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, se incorporaron a la LPB a 56 personas físicas designadas internacionalmente.
Habrá más bloqueos
Es de mencionar que el 6 de abril del presente año, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) modificó el criterio que usó por más de siete años, ya que validó el congelamiento de cuentas bancarias en casos nacionales, sin necesidad de una petición de un organismo internacional, ni la intervención del Ministerio Público y sin orden judicial, siempre y cuando existan “indicios suficientes” de actividades de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.
El pleno avaló el proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahfl quien propuso declarar constitucional la reforma que permite a la SHCP incluir a individuos en la Lista de Personas Bloqueadas, lo que da pie a que la UIF pueda congelar cuentas en asuntos nacionales.
El pronunciamiento derivó de una acción de inconstitucionalidad promovida por senadores de oposición, quienes impugnaron la reforma al artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito que entró en vigor en 2022.
La mayoría coincidió que se trata de un acto administrativo, el cual se puede impugnar porque existe el derecho de audiencia.
La ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien formó parte de la minoría propuso que prevaleciera la jurisprudencia de la extinta Segunda Sala de la Corte, la cual se venía aplicando desde hace siete años y que señalaba que para el bloqueo de cuentas nacionales era necesaria una petición de un organismo internacional.
La togada mencionó que el legislador omitió prever en la citada reforma, las normas de naturaleza administrativa para el bloqueo de cuentas en temas nacionales.
“Considero que debemos poner límites rigurosos para evitar los abusos de las autoridades y me parece que la única forma de hacerlo es a través de una interpretación conforme para que el bloqueo, por el momento, se utiliza exclusivamente como un instrumento para cumplir compromisos internacionales del Estado mexicano, pero nunca para usar esa grave perturbación de la propiedad privada a nivel estrictamente interno, mientras no existan parámetros claros en la ley que den certeza las causas que originan la facultad bloqueadora de la UIF.
“No debemos autorizarla para que tenga una facultad tan abierta sobre las personas cuentahabientes del país”, expresó.