Por considerar que no fundamentó correctamente el tipo de inconsistencias que contenían las firmas de los independientes, el Tribunal Electoral del Estado (TEE) le ordenó a la Comisión Estatal Electoral (CEE) revisar nuevamente los apoyos recabados y emitir un nuevo acuerdo.
TE RECOMENDAMOS: Alistan hospital Regional en Juárez por mil 500 mdp
Está decisión surge a raíz de diversos juicios de inconformidad promovidos por el PRI y el PAN, en donde alegan que el Órgano Electoral no justificó el tipo de anomalías que encontró en las firmas que declaró inválidas.
La idea es comprobar si efectivamente los apoyos recabados por los independientes no configuraron delitos de simulación o uso del aparato gubernamental, que pudiera desencadenar otro tipo de sanciones como la pérdida del registro de la candidatura.
"De un estudio exhaustivo del expediente se desprende que el acto combatido no contiene de manera expresa y pormenorizada la razón o razones por las cuales cada una de las credenciales y firmas aportadas por las y los aspirantes a candidatos independientes, y que sirvieron para alimentar la aplicación móvil del INE y que fueron calificadas por el documento técnico del DERFE (Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores) como inválidas al momento de emitir su declaratoria.
"Por tal motivo en el proyecto se propone revocar, en lo que es materia de impugnación, el acuerdo combatido a efectos de que la autoridad en un plazo máximo de 10 días naturales motive de manera suficiente el acuerdo reclamado", señala el proyecto de acuerdo, aprobado por unanimidad de los magistrados.
El pasado 12 de marzo, el Consejo General de la CEE "palomeó" a 93 independientes que cumplieron con el umbral mínimo de firmas válidas y descartó que, dentro de la revisión del 10 por ciento de los apoyos de cada uno de los aspirantes, se hubieran cometido delitos de simulación. Aunque sí encontraron inconsistencias.
Bajo el argumento de que las anomalías detectadas no configuraban delitos de simulación, la CEE no revisó el total de las firmas sino sólo una muestra aleatoria del 10 por ciento.
Con esta nueva sentencia, el TEE le ordena a la Comisión fundamentar y detallar el tipo de inconsistencias que encontró, sin que esto afecte o suspenda el derecho de que los 93 aspirantes se registren como candidatos, pero sí abre la posibilidad a que, en caso de encontrar anomalías, se podría "caer" alguna postulación.
En otro orden de ideas, aunque el presidente de la CEE, Mario Garza Castillo, ha señalado que no pueden proporcionar el listado de las firmas que están contenidas en la aplicación móvil del INE argumentando que ellos no tienen acceso pues el sistema "se cerró" una vez que terminaron con la revisión, el Tribunal determinó que esto es falso y que están obligados a transparentar estos datos para salvaguardar el derecho a la información.
Bajo este planteamiento avaló la petición del PAN para acceder, —con las debidas precauciones para garantizar la protección de datos personales— al listado de firmas recabadas por independientes.
fsad