Mariguana medicinal ya es legal, ¿qué es lo que cambia?

Los senadores aprobaron el cultivo y producción de mariguana con fines medicinales y científicos; sin embargo, dejaron fuera el aumento al gramaje y el uso lúdico de la hierba.

La granja "Los Sueños" es la mayor granja de mariguana legal al aire libre de América.
Ciudad de México /

El Senado aprobó el uso médico de la mariguana; sin embargo, eso no significa que por cualquier enfermedad vas a poder fumarte un "porro" para sentirte mejor.

Los legisladores modificaron cuatro artículos de la Ley General de Salud y dos artículos del Código Penal Federal para poder permitir el cultivo de la hierba para fines científicos y médicos, en pocas palabras, la reforma permiten el uso de medicamentos derivados de la mariguana o sus ingredientes activos bajo una estricta reglamentación de las autoridades sanitarias.

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¿Qué cambia respecto a la mariguana?

Se eliminó la prohibición de sembrar, cultivar, cosechar, elaborar, adquirir, comerciar, transportar y usar cannabis sativa, índica y americana o mariguana pero sólo con fines médicos y científicos, por lo que tener una planta en tu casa para autoconsumo aún está prohibido.

Además se faculta a la Secretaría de Salud para diseñar y ejecutar políticas públicas que regulen el uso medicinal de la mariguana y sus derivados, así como autorizar la importación de medicamentos con base en mariguana, entre ellos el tetrahidrocannabidol presente en el fármaco que consume Grace para tratar sus convulsiones.

Sin embargo, los medicamentos que podrán ser comercializados son aquellos que tengan 1 por ciento o menos de tetrahidrocannabidol y debido a la falta de consensos no se tomó en cuenta el uso del cáñamo y de la nabilona.

¿Qué quedó fuera de la reforma?

La comisiones unidas, de Salud, Gobernación, Justicia, Gobernación, Seguridad Pública, Derechos Humanos y Estudios Legislativa no discutieron modificar el artículo 479 del Código Penal Federal para incrementar de 5 a 28 gramos el límite permitido para uso personal, lo cual permitiría liberar a las personas encarceladas por superar el máximo anterior.

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No se modificó el artículo 478 para despenalizar la posesión de la mariguana para uso personal, tampoco se incluyó el uso lúdico de la mariguana y el uso de la amapola con fines medicinales, lo cual fue criticado por la bancada del PRD.


JASR

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