El Senado resolvió votar y aprobar entre hoy y mañana la ley de seguridad interior, con 12 modificaciones a nueve artículos de la minuta enviada por los diputados.
La intención es eliminar preceptos impugnados por gobernadores, defensores de derechos humanos y sociedad, en los que se define que las fuerzas armadas quedan “como coadyuvantes de la autoridad civil y bajo su coordinación”, a fin de evitar la inconstitucionalidad de funciones.
En el proyecto de dictamen circulado ayer por las comisiones de Gobernación, Marina, Defensa y Estudios Legislativos Segunda se propone ajustar los artículos 1, 7, 8, 9, 10, 16, 21, 22 y 26.
El coordinador priista, Emilio Gamboa, dijo que se retomaron propuestas de la sociedad civil, del PAN y de otros partidos para trabajarlos con los diputados y que en San Lázaro se allanen a los ajustes, para lo cual ya dialogó con el diputado César Camacho.
Luego de conocerse que hoy están citadas las comisiones dictaminadoras a las 11 de la mañana, el presidente del Senado, Ernesto Cordero, garantizó que la ley quedará votada antes del 15 de diciembre, porque el tema ya está muy debatido.
En el artículo 16 se acota que el presidente de la República ordenará acciones inmediatas a las dependencias “de acuerdo con sus facultades cuando haya amenazas que pongan en grave peligro la seguridad interior.
Se introdujo una fracción sexta para quedar así: “Establecer claramente que los grupos interinstitucionales que coordinen las fuerzas armadas estarán sujetos a lo dispuesto por el artículo 19 (que faculta a la Secretaría de Gobernación a implementar los esquemas de coordinación), así como a las disposiciones que rigen al Ejército y la Marina-Armada de México, con ello se evitaría la inconstitucionalidad de funciones que correspondan directamente a la autoridad civil y, en todo caso, las fuerzas aradas actúan como coadyuvantes de la autoridad civil y bajo su coordinación”.
En el artículo 21 se agrega que la autoridad coordinadora constituirá un grupo interinstitucional conforme el artículo 19 y de las disposiciones reglamentarias de las fuerzas armadas.
Además, “en concordancia con la Constitución, delimitar que la dirección de los grupos interinstitucionales estarán a cargo de la autoridad civil, salvo en los casos en que las acciones de seguridad interior requieran la intervención de las fuerzas armadas”.
Cuando la amenaza no requiera la intervención de tropas, el Presidente designará a la autoridad civil que corresponda a propuesta del secretario de Gobernación.
En el artículo 1 se establece que las disposiciones de la ley son materia de seguridad nacional en términos de lo dispuesto en los artículos 73 u 89 constitucionales; en el artículo 7 se define que con motivo de esta ley se respetarán, protegerán y garantizarán sin excepción los derechos humanos y sus garantías, conforme a lo dispuesto por la Constitución y los tratados internacionales y protocolos emitidos por las autoridades correspondientes.
Se elimina la condición de que “en casos de perturbación grave de la paz pública o de cualquier otro tipo que ponga a la sociedad en conflicto habrá suspensión de garantías. También se quita la disposición de que las protestas sociales, “cuando se realicen pacíficamente”, no serán consideradas amenazas a la seguridad interior.
En transparencia se modifica el artículo 9 para señalar que la información que se genere con motivo de esta ley será considerada de seguridad nacional en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables, no en la “ley en la materia”.
Se aplicarán de manera supletoria las leyes de Seguridad Nacional y General del Sistema Nacional de Seguridad Pública “en el ámbito de sus competencias”.
ELIMINAN EL PASE AUTOMÁTICO A FISCAL
El Senado aprobó en comisiones la reforma al artículo 16 transitorio de la reforma política que elimina el pase automático del titular de la Procuraduría General de la República a fiscal general por nueve años; se prevé que hoy pase al pleno y quede de primera lectura, a fin de discutirse y aprobarse el jueves.
Los integrantes de las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, Gobernación, Justicia, Reforma del Estado, Estudios Legislativos Primera y de Estudios Legislativos Segunda consideraron que la eliminación del llamado “pase automático” es insuficiente, porque es necesario reformar al artículo 102 constitucional con la participación de la sociedad, en el modelo de parlamento abierto, con el objetivo de sacar una reforma integral que dote de autonomía a la fiscalía.
El dictamen especifica que el procurador en funciones al momento de expedirse la declaratoria de entrada en vigor de la autonomía constitucional de la Fiscalía General de la República continuará en su encargo hasta que el Senado designe al fiscal.