Una jueza de Ciudad de México reprendió a autoridades de la Fiscalía General de Justicia (FGJ) porque durante la contingencia por el coronavirus judicializó el caso de una joven acusada de robo de artículos de una tienda Bershka México.
Consideró que no se trató de un asunto urgente y que el Ministerio Público pudo aplicar criterios de oportunidad o de solución alterna para no poner en riesgo por el Covid-19 la salud de los asistentes a la audiencia que se realizó la semana pasada.
Además calificó de ilegal la detención de Karla 'A', de 19 años, y ordenó su liberación al señalar que el Ministerio Público puso en peligro su salud al mantenerla retenida.
Blanca García Sánchez, jueza de Control del Sistema Penal Acusatorio, recordó a funcionarios de la FGJ que se establecieron prioridades y medidas en el Poder Judicial de la capital para evitar el contagio y la propagación del coronavirus.
Sostuvo que en el actual contexto de alerta sanitaria “no existe (en este caso) la necesidad de cautela del Estado y se viola el derecho a la salud de la imputada”.
Durante la audiencia inicial, la agente del Ministerio Público, Dulce María Cruz, adscrita a la Fiscalía de Coyoacán, imputó a Karla 'A', la comisión del delito de robo simple por la cantidad de 4 mil 520 pesos.
¿Por qué detuvieron a la joven?
De acuerdo con la carpeta de investigación CI-FCY/COY-1/UI-3C/D/895/03-2020, la joven ingresó el 16 de enero a la tienda Breshka en la colonia Pedregal de Carrasco, alcaldía Coyoacán, donde se apoderó de mercancía para mujer sin pagarla.
La chica fue detenida y a petición de Israel Galarza, representante legal de Bershka, la FGJ la presentó en audiencia el 19 de marzo en la Sala número 20 ante la jueza.
Luego de escuchar la acusación, García Sánchez criticó la postura de los representantes de la FGJ que pudieron aplicar otras medidas y no judicializar el caso, ya que el Poder Judicial capitalino sólo está atendiendo asuntos relevantes y penales.
"No existe una necesidad de cautela en el estado de emergencia de salud en el que nos encontramos, además de que se violentó el derecho de salud de la imputada al tenerla retenida”.
Indicó que “no se está dando cumplimiento a lo señalado por el acuerdo 39-14/2020, en el que el Consejo de la Judicatura señaló el estado de emergencia, por lo que las guardias establecidas son únicamente para los casos de mayor relevancia".
La jueza pidió a los representantes de la Fiscalía considerar qué asuntos judicializar "y no poner en riesgo la salud de todos“.
Karla 'A' obtuvo su libertad debido a que no se calificó de legal su detención.
CJCdMx suspende labores por coronavirus
Debido al Covid-19, el Consejo de la Judicatura de Ciudad de México determinó suspender desde el 18 de marzo y hasta el 19 de abril labores y términos procesales en todas las ramas del derecho, excepto la penal.
Dicho plan de contingencia tiene como finalidad la aplicación de medidas tendentes a preservar la salud de niños, niñas y adolescentes, servidores públicos y los justiciables, así como de la población en general, estableció el CJCdMx en el Acuerdo 39-14/2020, emitido en su sesión de pleno de este día.
Se puntualizó que de la suspensión de labores y términos quedan exceptuados los órganos jurisdiccionales en materia penal e impartidores de justicia del sistema procesal penal acusatorio (de Control, de Ejecución y de Tribunal de Enjuiciamiento), incluidos los de Justicia para Adolescentes, así como la Unidad de Supervisión de Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso y las Unidades de Gestión Judicial y las Unidades de Gestión Judicial Especializada.
Para la atención de los asuntos con plazos constitucionales, el CJCDMX instruyó que se adopten las acciones necesarias para que no sea interrumpida la debida administración de justicia, para lo cual se deberán asignar las guardias correspondientes.
El órgano colegiado instruyó el establecimiento de guardias con el personal estrictamente necesario para juzgados de la materia familiar de proceso escrito para atender lo relacionado a la entrega de billetes de depósito derivados de juicios de alimentos, y garantizar con ello el interés superior del menor y específicamente su derecho a recibir alimentos.
Se ordenó que respecto a los roles de guardia que se tengan que establecer, no deberá integrarse con servidores públicos adultos mayores, diabéticos, mujeres embarazadas o en periodo de lactancia; personas con padecimientos coronarios, con enfermedades pulmonares crónicas, cardiovasculares, cáncer o inmunodeficiencia.
bgpa