Delfina Gómez debe solicitar revocación de mandato de alcaldesa de Capulhuac

El Ejecutivo puede solicitar la revocación si el acusado altera seriamente el orden público o la tranquilidad.

Exigen destitución de alcaldesa tras presunta golpiza a trabajadora del DIF municipal. Foto: (Especial)
Claudia Hidalgo
Toluca, Estado de México /

Entre las facultades constitucionalmente que tiene la Legislatura de Edomex está la posibilidad de revocar el mandato de alguno o algunos de sus miembros por cualesquiera de las causas graves que la ley prevenga. 

Esto, siempre y cuando se haya sustanciado el procedimiento correspondiente en el que la persona haya tenido conocimiento de las conductas y hechos que se le imputan y oportunidad para rendir las pruebas y formular los alegatos que a su juicio convengan, señala la norma.

En la Ley Orgánica Municipal, dedicada a la Suspensión y Desaparición de Ayuntamientos, la suspensión o revocación del mandato de alguno de sus miembros, puntualiza que para revocar el mandato de algún funcionario de elección popular se requiere del voto de dos terceras partes de la Legislatura.

¿Por qué motivos pueden revocar un mandato? 

Entre los motivos de suspensión de algún miembro de un ayuntamiento que coincidan con el caso está el ordenar la privación ilegal de la libertad de las personas, realizar cualquier otro acto u omisión que afecte derechos o intereses de la colectividad, altere seriamente el orden público o la tranquilidad y la paz social de la población municipal.

Cuando el Poder Ejecutivo tenga conocimiento de alguno de estos casos solicitará a la Legislatura local la revocación de mandato de alguno de sus miembros y dictará las medidas que procedan para asegurar la vigencia del orden jurídico, la paz y la tranquilidad social en el municipio que corresponda.

Para la revocación de mandato se conforma una Comisión de Instrucción y Dictamen se integrará, de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Legislativo, por 6 diputados que serán dos de la Jucopo, así como los presidentes de las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales, de Procuración y Administración de Justicia, un diputado de la primera minoría y uno de la segunda, a propuesta de los grupos parlamentarios.

Los escenarios

Hasta el momento el Ejecutivo no ha solicitado la revocación de mandato de la alcaldesa, quien podría pedir licencia para separarse del cargo, ya sea de manera temporal o definitiva. En el caso de que la edil se incline por esta vía y pida una ausencia definitiva asume la suplente, si es menor a 15 días el secretario del ayuntamiento como encargado del despacho; de 15 a 100 días queda un regidor que acuerde el cabildo.

Pero para obtener las licencias necesita el visto bueno del cabildo que ya la desconoció.

Si la gobernabilidad se complica la Legislatura puede declarar la desaparición del ayuntamiento y nombrar un Concejo Ciudadano que se haría cargo del gobierno municipal.

Si la persona suplente no puede tomar protesta o si se revoque el mandato de la alcaldesa constitucional, el Congreso puede nombrar a alguien a partir de una terna presentada por la gobernadora.

Sin definiciones

El presidente de la Jucopo dijo que todavía no tienen un escenario firme porque no hay definiciones ni peticiones específicas a la Legislatura.

PNMO

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