Un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad que interpuso el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), quien demandó anular diversos artículos de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México.
Los Sujetos Obligados son, entre otras, autoridades, organismos federales, legislativos y judiciales, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos.
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El estatuto establece las bases y condiciones que regirán el tratamiento lícito y la protección de los datos personales y el ejercicio de los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición.
En abril del presente año, la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México publicó la citada ley.
Javier Laynez Potisek, ministro de la Corte, emplazó a las autoridades capitalinas para que rindan informes justificados, porque el INAI alegó que los preceptos reclamados son inconstitucionales.
El organismo demandó una revisión de la norma para que garantice el respeto de los derechos humanos de las personas titulares de los datos.
Los artículos reclamados, de acuerdo con la acción de inconstitucionalidad, violentan el principio de seguridad jurídica al permitir la arbitrariedad en el tratamiento de datos personales, además de que viola el derecho que tiene el titular de conformidad con los principios de consentimiento, información y responsabilidad.
EB