Después de haber concluido el rescate de cuatro personas atrapadas en el predio de San Antonio Abad, el secretario de Vivienda, Inti Muñoz, explicó las atribuciones de las demarcaciones para supervisar el cumplimiento de requisitos y protocolos para la demolición de inmuebles, de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de las Alcaldías.
El funcionario señaló que la responsabilidad de los trabajos de demolición son de los propietarios y la verificación, en este caso, de la alcaldía Cuauhtémoc.
Agregó que la Comisión para la Reconstrucción realizó el análisis jurídico y administrativo de la solicitud, determinando su procedencia, pero aclaró que “lo anterior no exime a los particulares de que en la ejecución de las obras, se deba cumplir con las medidas de seguridad, de protección civil y demás responsabilidades derivadas de esa ejecución.
“En este sentido, al tratarse de una obra a cargo de particulares y con recursos privados, la ejecución y responsabilidad de los trabajos corresponde a los mismos… en consecuencia, es responsabilidad de la empresa cumplir en todo momento con esas normas en materia de construcciones; contar con un director Responsable de Obra o corresponsable de seguridad estructural, quienes deben avalar el proceso de demolición declarado en su solicitud.
"A su vez, es facultad de las alcaldías la verificación e imposición de medidas de prevención en la ejecución de obras, cuando éstas no cumplen con el reglamento de construcciones y demás disposiciones en materia de protección civil”, concluyó.
Precisó que los propietarios conformaron un Fideicomiso denominado 777 San Antonio Abad, que, de acuerdo al documento de autorización sellado y con acuse de la alcaldía Cuauhtémoc, nombraron como representante legal a Marco Antonio Agustín Vargas.
En este sentido, el 20 de octubre de 2025 la Comisión para la Reconstrucción notificó a la titular de la alcaldía Cuauhtémoc para dar seguimiento al proceso de demolición del inmueble ubicado en avenida San Antonio Abad 124, colonia Tránsito, en dicha demarcación.
En este sentido, informó el funcionario capitalino, que las facultades de las demarcaciones son válidas y operan para todo tipo de obras constructivas o de demolición, por lo cual las alcaldías se deben hacer cargo de verificar que se cuente con programas de protección civil, dictámenes de DROs, medidas de seguridad en torno a la obra y llevar a cabo permanentemente verificaciones.
Estas observaciones fueron notificadas en el documento del 20 de octubre del 2025.
Muñoz Santini dio a conocer que durante las labores de rescate tras el colapso del inmueble en la colonia Tránsito, alcaldía Cuauhtémoc, se celebró una mesa de diálogo entre autoridades donde se establecieron las líneas de responsabilidad tanto de la Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México como de dicha demarcación.
Tras la rueda de prensa, el gobierno de la Ciudad difundió la autorización para la demolición firmada por el Arquitecto Ernesto Noriega Ayala, Director del Programa de Reconstrucción y Vivienda, en el que la alcaldía Cuauhtémoc, encabezada por Alessandra Rojo de la Vega, informa que “se otorgan las facilidades administrativas al inmueble denominado San Antonio Abad 124” para la demolición debido al daño del sismo de 2017.
En el mismo se advierte sobre las responsabilidades:
“No omito mencionar que los representantes del inmueble en comento, así como la empresa encargada de llevar a cabo los trabajos de demolición, son totalmente responsables de dichos trabajos, por lo que deberán cumplir con la siguiente documentación: programa de protección civil para obra de demolición, programa de demolición del inmueble, avalado por un director responsable de obras y/o corresponsable de seguridad estructural; fe de hechos del Estado de las colindancias; programa de protección de colindancias; y póliza de responsabilidad civil que cubra daños a terceros, previo al inicio de los trabajos”.
HCM