El proyecto habitacional Legado, proyectado en la colonia Mirador de San Isidro dentro del municipio de Zapopan, deberá permanecer paralizado de manera indefinida mientras se resuelve el juicio de amparo interpuesto por habitantes del sector.
Una jueza federal concedió la suspensión definitiva para impedir el avance de obras relacionadas con excavaciones, movimientos de tierra, retiro de vegetación o cualquier modificación física sobre el terreno.
El amparo se emitió con el fin de salvaguardar el orden público
La medida cautelar fue dictada por Diana Judith Ortiz Salas, titular del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en el estado de Jalisco, dentro del expediente de amparo 1517/2026.
El recurso legal fue promovido por un grupo de cinco vecinos de la zona: Ramón Ascencio Franco, Cecilia Flores Larios, Juan Carlos Solórzano González, María de Lourdes Velasco Álvarez y Jorge Armando Velasco Molina.
Para decretar el freno total a los trabajos, el órgano jurisdiccional ponderó la necesidad de salvaguardar el orden público, la seguridad hídrica de la comunidad y el derecho a un medio ambiente sano.
La resolución judicial advierte de manera preliminar que la ejecución del complejo habitacional podría generar impactos ambientales irreversibles, reconociendo además una posible afectación directa para las familias que residen en los predios colindantes.
La determinación emitida obliga a las autoridades correspondientes a supervisar de manera permanente que la empresa constructora mantenga detenida la maquinaria.
La resolución únicamente autoriza la realización de maniobras estrictamente indispensables para mitigar riesgos, tales como obras de contención para evitar derrumbes, erosión del suelo o inundaciones, siempre que estas no representen un avance en la estructura o edificación de la obra.
El conflicto social ha sido encabezado por los colonos de Mirador de San Isidro, quienes además de realizar movilizaciones públicas, aportaron al expediente peritajes y documentación oficial vinculada a los dictámenes de uso de suelo, la factibilidad de servicios de agua potable y alcantarillado, así como la licencia de movimiento de tierras autorizada el pasado 22 de julio.
No obstante, la concesión de la suspensión definitiva no implica la cancelación definitiva del desarrollo inmobiliario ni constituye una sentencia ejecutoria a favor de los inconformes.
La medida preventiva tiene como único fin preservar la materia del juicio y mantener el estado que guardan las cosas sin revertir las acciones que se ejecutaron con anterioridad.
La controversia principal continúa en trámite en el Poder Judicial de la Federación, donde los magistrados deberán determinar la constitucionalidad de los actos que permitieron el proyecto, entre ellos la desincorporación y donación del predio a favor del Instituto Jaliciense de la Vivienda (IJALVI) y las posteriores licencias urbanísticas.
Hasta que no se emita un fallo definitivo, el avance material de Legado permanecerá congelado.
CH