¿Qué personas deberán usar la e.firma ante el IMSS? Conoce en qué casos será obligatoria

El IMSS solicita la e.firma en diversos trámites realizados a través de sus plataformas principalmente para patrones.

El IMSS ya solicita la firma electrónica para estos trámites | IA DISCOVER
Ciudad de México /
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Se han establecido nuevas regulaciones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), las cuales establecen el uso obligatorio de la e.firma o firma electrónica para el uso de diversos trámites administrativos.

En MILENIO te explicamos en qué casos será necesario y si es que debes preocuparte por estos cambios, así como en quiénes sí aplica sin excepciones. 

¿Qué estableció la nueva regulación?

El Consejo Técnico del IMSS aprobó una nueva normativa a finales de junio y finalmente se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio del 2026, siguiendo una propuesta del Director General de la Institución.

En ella, se estableció que la e.firma, emitida por el Servicio de Administración Tributaria, será el único certificado digital válido para realizar trámites de afiliación ante el instituto, pues a partir de su entrada en vigor, ésta herramienta tendrá el mismo valor legal que una firma autógrafa.

Además, en el acuerdo se establece la eliminación del antiguo Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) y los certificados digitales emitidos por el IMSS. Para hacer éste proceso transitorio más sencillo, se estableció un plazo de 90 días naturales contando a partir del 17 de julio para adoptar el nuevo sistema.

¿Quiénes estarán obligados a usar la e.firma?

De acuerdo con lo establecido, se decidió que todos los patrones y personas con obligaciones ante el IMSS deberán usar ésta herramienta, aplicándola para los dueños de cualquier tipo que requieran gestionar trámites de sus empleados y representaciones legales.

Aplica para:

  • Personas físicas: patrones o empleadores individuales
  • Personas morales: empresas e instituciones legalmente constituidas
  • Representantes legales o administradores de cualquier compañía
  • Cualquier persona autorizada para realizar trámites a nombre del patrón

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¿Para qué será necesaria la e.firma?

De ahora en adelante, la firma electrónica será indispensable para realizar todos los trámites de forma segura y en línea, asegurando que cada movimiento digital sea válido e identifique correctamente a la persona que lo realiza. Se usará para:

  • Movimientos de afiliación de los trabajadores
  • Vincular formalmente a los representantes legales
  • Autenticarse para entrar y operar en los sistemas electrónicos del IMSS
  • Firmar documentos digitales con valor legal ante la ley

¿Qué pasará si las empresas no lo aplican?

En caso de que las empresas no migren dentro de los 90 días naturales, perderán acceso a trámites digitales, pues el sistema NPIE será cancelado, lo que les impedirá registrar trabajadores o realizar ciertos movimientos obligatorios ante el seguro social en línea.

Al no usar la e.firma del SAT, los documentos carecerán de valor legal. El Secretario General, Jorge Gaviño Ambriz, confirmó que es el único medio válido. Las empresas no podrán vincular representantes ni cumplir sus trámites, enfrentando posibles sanciones administrativas.

LO

  • Lorely Osorno
  • Licenciada en Comunicación y Periodismo de la UNAM. Editora en Discover Milenio, apasionada por explorar y difundir hechos relevantes. Me gusta informar sobre temas de utilidad a los lectores y explicar por qué algún suceso está en tendencia. Tengo gran interés por el feminismo y los problemas sociales.

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