¿Quiénes SÍ y quiénes NO deben registrar su teléfono a la CURP? Estas personas podrían perder su número de celular

El registro de telefonía en México es obligatorio pero hay ciertas personas que pueden estar exentas. Conoce todos los detalles aquí

El registro de telefonía en México tiene fecha límite en 2026 | IA Discover
Ciudad de México /

El registro de telefonía en México se acerca cada vez más la fecha límite de realización, pues el 30 de junio quienes no la realicen ya no contarán con su servicio, pero ¿todos deben hacerla? Conoce aquí quiénes sí y quiénes no necesitan realizar la vinculación con su CURP o INE.

Este proceso no es complicado. Además, si detectas que hay una línea de telefonía que no reconoces o que ya no utilizas puedes realizar la desvinculación de igual manera.

¿Quiénes están obligados al registro?

La regla general establecida por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) dice que toda persona física o moral que desee habilitar o mantener activo su servicio de telefonía móvil debe realizar el proceso de vinculación

Esto incluye a ciudadanos mexicanos, extranjeros en México,  empresas y entes públicos. Incluso los usuarios que decidan cambiar de compañía telefónica a través de la portabilidad están obligados a realizar una nueva vinculación con su proveedor.

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¿Quiénes no deben hacer la vinculación?

Pese a qué la vinculación es obligatoria para todos, la normativa contempla casos muy específicos en los que el registro no es exigible o se aplica de manera distinta.

Quedan fuera de estos lineamientos los números asociados a tarjetas SIM que no tengan capacidad técnica para realizar llamadas de voz, enviar mensajes SMS o navegar por internet.

También los visitantes extranjeros que utilicen sus líneas de origen en territorio nacional no están sujetos a esta vinculación por ahora, pues tras el Mundial 2026 se definirán los lineamientos para ellos.

¿Cómo realizar el registro?

El proceso de vinculación debe realizarse con cada operadora como Telcel, AT&T o Movistar. Quienes no cumplan con este requisito para dicha fecha no podrán realizar llamadas ni recibir mensajes, ya que su línea será suspendida. 

Jorge Navarijo, Director de Información de la CRT, aclaró que no se aplicarán multas económicas, pero la consecuencia será la interrupción directa del servicio de comunicación.

Los usuarios cuentan con dos modalidades para dar de alta sus datos:

  1. En línea: desde el portal oficial de la CRT: https://registratulinea.crt.gob.mx/.
  2. Presencial: acudiendo directamente a un centro de atención a clientes de su proveedor de servicios, donde el personal ayudará con el trámite

Documentación requerida

Los requisitos varían dependiendo del perfil del titular de la línea:

  • Identificación oficial vigente con fotografía y la Clave Única de Registro de Población (CURP) para los ciudadanos
  • Razón social, RFC, identificación del representante legal y el uso de la e.firma para validar el alta de personas morales o empresas
  • Pasaporte vigente y, en caso de ser residentes, su CURP temporal para extranjeros

En caso de que el número sea dado de baja por falta de registro, la pérdida no es necesariamente definitiva, ya que podrás reactivar su servicio siempre y cuando completes el registro de datos correspondiente ante la autoridad y la operadora.

YRH

  • Yareli Rafael
  • Egresada de Letras Clásicas por la UNAM y editora en Discover Milenio. Vivo entre temas de salud, tendencias e internet, pero nunca dejo de lado mi fascinación por lo grecorromano, la lingüística y la investigación.

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