Las denuncias por discriminación superaron las 100 carpetas de investigación en la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo (PGJEH), las cuales se presentaron en 32 de los 84 municipios.
Entre enero y julio de este año se iniciaron 107 carpetas en la Procuraduría por el delito de discriminación, de acuerdo con el secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
De los 32 municipios en los que se presentaron las denuncias, Pachuca, la capital del estado, registra el mayor número de carpetas de investigación con 38, le sigue Mineral de la Reforma con 17, Tulancingo con 7 y Tizayuca con 6.
Carpetas en los municipios
Apan registró 4 carpetas, Huichapan 3, San Agustín Tlaxiaca 3, Huejutla de Reyes 2, Ixmiquilpan 2, Tepeapulco 2 y Villa de Tezontepec 2. De igual modo se inició una carpeta en los municipios de Actopan, Agua Blanca, Almoloya, Atitalaquia, Atlapexco, Atotonilco de Tula, Epazoyucan, San Agustín Tlaxiaca, Mineral del Chico, La Misión, Nopala, Omitlán, Progreso de Obregón, Singuilucan, Tenango de Doria, Tepehuacán de Guerrero, Tlahuelilpan, Tolcayuca, Xochicoatlán, Zacualtipán y Zempoala.
¿Qué es la discriminación ante la ley?
La discriminación, explica la Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Eliminar la Discriminación en el Estado de Hidalgo, es toda conducta activa u omisiva que tenga por efecto negar, obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce y ejercicio de los derechos humanos y libertades en condiciones de equidad e igualdad.
De las 107 carpetas de investigación por el delito de discriminación, en enero se iniciaron en la Procuraduría General de Justicia del estado 15 carpetas, en febrero 14, en marzo 20, en abril 16, en mayo 15, en junio también 15 y en julio 12 carpetas.
Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Eliminar la Discriminación puntualiza que queda prohibida en el Estado de Hidalgo cualquier forma de discriminación que tenga por objeto o resultado, impedir o anular el reconocimiento, goce y ejercicio de los derechos humanos.
Código Penal estatal
El Código Penal para el Estado de Hidalgo establece que comete el delito de discriminación quien por razones de origen o identidad indígena o nacional, sexo, identidad de género, preferencia u orientación sexual, edad, discapacidad, condición social o económica, trabajo, profesión, escolaridad, estado de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, estado familiar, identidad política, apariencia física, características genéticas, situación migratoria o de otra índole, que atente contra la dignidad humana, anule o menoscabe los derechos y libertades de otra persona o grupo.
Esto a través de la realización de las siguientes conductas: niegue o retarde un servicio o una prestación a la que tenga derecho; niegue o restrinja sus derechos laborales; niegue o limite el acceso a un servicio de salud; provoque o incite al odio o a la violencia; o veje o excluya a alguna persona o grupo de personas.
Penas
El Código Penal puntualiza que al responsable del delito de discriminación se impondrá una pena de uno a tres años de prisión y multa de ciento cincuenta a trescientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.