“No es sólo ir al notario”: los “no negociables” para empezar a planear tu testamento

La cultura del testamento aún está rodeada de desinformación y dudas que generan en la población miedo, resistencia y hasta rechazo a este documento de protección patrimonial.

El testamento puede generar dudas y miedo en la población. De ahí la importancia de informarse y recibir orientación antes de tramitarlo | Freepik
Ciudad de México /

Aunque en México se dedica un mes a la difusión de la cultura del testamento, los requisitos, las especificaciones y el proceso para tramitarlo puede despertar la duda de “¿Por dónde comenzar?”, o la idea de aplazarlo o, incluso, cuestionarse si es realmente necesario.

Un testamento puede ser tan personalizado según las necesidades y las circunstancias de cada caso. Ante ello, MILENIO platicó con dos especialistas en herencias para rescatar esos puntos imprescindibles— o “no negociables”— que pudieran ser una primera guía para gestionar el testamento.

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Hablar de testamento implica hablar de albaceas, herederos, propiedades, obligaciones y varios temas más. Por ello, la abogada y especialista, Andrea Anguiano, consideró que existen dos tipos de “no negociables”: documentos y circunstanciales. Sin embargo, destacó que ambos puntos deben regirse por la consciencia y el criterio informado del testador.

Hacer testamento no solamente es ir al notario. Se va al notario cuando ya sabes lo que vas a realizar y hacerlo desde la consciencia de conocer los alcances (...) Al final de cuentas es una decisión personal que tiene efectos en otras áreas”.

El testamento es una herramienta para proteger a las y los menores de edad | Freepik

Documentos claves

La tríada más importante para el trámite: identificación oficial (credencial de elector, ”la INE”, o pasaporte), CURP y acta de nacimiento. Con éstas, la o el notario puede corroborar la identidad de la persona y cerciorarse de que no haya inconsistencias en la base de datos.

“Jurídicamente, una letra cambia completamente la identidad de una persona. Por ejemplo, si su nombre se escribe con ‘S’, pero en otros documentos está con ‘C’, se debe unificar esa identidad”, explicó Anguiano.

Asimismo, es importante acreditar el estado civil con acta de matrimonio, especialmente si la persona está bajo el régimen de bienes mancomunados; acta de divorcio o, en caso de estar en trámite, la sentencia de divorcio, o el acta de defunción para comprobar la viudez.

“¿Esto para qué? Para poder determinar si él o ella puede disponer libremente de sus bienes”, señaló la abogada Guadalupe Madrigal. “Porque si, por ejemplo, está casado bajo el régimen de sociedad conyugal, hay que tomar en cuenta que solamente puede disponer del 50% de sus bienes”.
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Propiedades y herederos

Sean automóviles, seguros de vida, terrenos o inversiones, la persona debe tener claridad sobre cuántos bienes son de su propiedad; e incluso cuáles está por recibir, a fin de tener en mente que esa primera versión del testamento deberá renovarse.

Una vez con ello, se puede seguir con la reunión de documentos o facturas pertinentes para incluirlas en el testamento. Mismo caso con las joyas u obras de arte: “Especificar muy bien qué es lo que se va a heredar (...) y a quien”, puntualizó Madrigal.

Así como se identifican los bienes, también se debe comenzar a hacer un listado de las y los herederos, y tener claro si serán universales o por legados. En ese tenor, Andrea resalta la importancia de designarlos conscientemente para así evitar futuros conflictos o malentendidos.

“En ocasiones, las personas acuden por la campaña del testamento, pero no tienen claro quiénes quieren que sean sus herederos y, para realizar el trámite y aprovechar la campaña, designan a quienes en ese momento se acuerdan o a quienes los van acompañando”, señala Anguiano. “A veces sí están conscientes de que es provisional y después lo cambian. Pero a veces ese ‘después’ no llega y luego vienen los resentimientos (...) y a lo mejor no fue nada personal. Simplemente la persona no iba preparada para realizar ese documento”.

Para ese proceso, Andrea recomendó pensar por qué y para qué tramitar el testamento, a fin de estar más aterrizados respecto a nuestra realidad: ¿A quién se busca proteger?, ¿Qué se quiere evitar?, ¿Hay alguien que pudiera quedar desprotegido?, ¿Las propiedades están en riesgo?, etcétera. Con esas respuestas claras, será más fácil designar a las y los herederos.

“Es importante porque, a lo mejor, lo que van a dejar en el documento no va relacionado con lo que en realidad buscan”.

Finalmente, Guadalupe Madrigal sugiere también tener confirmada, o de menos contemplada, a la persona que ejercerá como el albacea. Es decir, aquella persona de confianza que va a administrar los bienes durante el juicio; tomará las principales decisiones, y entregará cuentas a la administración.

“Puede ser de los mismos herederos o una persona adicional”. No obstante, recordó que este cargo es de suma relevancia para el proceso y, por lo mismo, es recomendable que la persona designada reciba alguna orientación o tenga nociones del deber que se le encomienda.
“El albacea es un cargo con mucha responsabilidad. Y generalmente los autores de la sucesión buscan al hijo más cuidadoso, el mejor administrado, el que se lleva mejor con todos, al más conciliador o al más motivado. Esto porque una herencia siempre va a ocasionar conflictos”.

​ASG

  • Alejandra Sigala
  • Egresada de la UNAM. Te explico las tendencias en redes sociales y los temas que despiertan tu curiosidad en el día a día. Escucho, amo y a veces escribo sobre K-Pop. Me encanta bailar y los gatos.

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