El presidente Enrique Peña Nieto expidió el decreto por el que se declara mujer ilustre a Sor Juana Inés de la Cruz, y se instruye llevar a cabo los homenajes póstumos correspondientes.
En el decreto, publicado en el Diario Oficial de la Federación, se destaca que se declara mujer ilustre a Juana Inés de Asbaje y Ramírez de Santillana —Sor Juana Inés de la Cruz— por su aportación destacada en los campos de las ciencias, de las artes y de la cultura nacional.
Por ello se instruye a la Secretaría de Gobernación para que lleve a cabo los homenajes póstumos y obras necesarias para conmemorarla como mujer ilustre en la Rotonda de las Personas Ilustres del Panteón Civil de Dolores.
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Además, se subraya la importancia de difundir la vida y obra de Sor Juana Inés de la Cruz, destacando el referente cívico que ofrece a las mexicanas y los mexicanos, a través de acciones que deberán desplegar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias y bajo la coordinación de la Secretaría de Gobernación.
En el documento también se puntualiza que Sor Juana Inés de la Cruz, nació en San Miguel Nepantla (hoy perteneciente al Estado de México) el 12 de noviembre de entre 1648 y 1651 y murió en la Ciudad de México el 17 de abril de 1695, víctima de la epidemia de tifo que asoló al Convento de la Orden de San Jerónimo, al procurar cuidados a otras religiosas enfermas.
Durante su vida reunió una serie de múltiples conocimientos, los cuales quedaron registrados en diversas obras literarias. Se adentró en el estudio de la retórica, física, matemáticas, geometría, gramática latina, arquitectura, música, entre otros campos, y su obra atrajo el interés de virreyes, arzobispos, obispos y canónicos, así como de otros poetas y hombres de letras, que reconocieron en su momento la calidad indiscutible de su escritura.
Además, resalta que es una de las principales representantes de la literatura castellana del Siglo de Oro y su obra fue impresa, difundida y conocida en el mundo hispánico desde finales del siglo XVII.
El decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
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