“Ganó el derecho de autor. Los titulares de obra, autores, editores… estamos muy felices con la resolución de la Segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que estudió a fondo el tema y la nueva Ley General de Bibliotecas tendrá que reformarse”, dijo en entrevista Quetzalli de la Concha, vicepresidenta del Centro Mexicano de Protección y Promoción de los Derechos de Autor (Cempro).
La SCJN resolvió que las bibliotecas depositarias no podrán usar las obras y producciones para consulta pública sin la previa autorización de los titulares de derechos de autor.
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“Con esto, los autores y titulares de derechos pueden exigir que para cualquier uso distinto a la preservación de su obra, las instituciones tendrán que solicitar una autorización expresa del autor y dota de otras herramientas a los titulares de los derechos y son buenas noticias”, agregó.
Para la especialista, el problema es que en la redacción de la nueva Ley General de Bibliotecas no se habla de proteger ni de garantías para el autor o dueño de los derechos.
“No nos oponemos al depósito legal. No había problema de cumplir con una figura que lleva casi 200 años funcionando en México. El problema es que ahora no se menciona a la Ley Federal de Derecho de Autor, que sería una de las normas principales para que funcione, no se hace alusión al respeto, ni a la protección a los derechos de los autores”, comentó.
El depósito solo debe cumplir fines de preservación “y en la nueva ley se le daba todos los derechos de la obra a los depositarios; además, querían que se entregaran archivos digitales de las obras ‘abiertos’, libre de protección, una barbaridad que podría abrir puertas a la ilegalidad a traves de instituciones publicas y sería lamentable ”, explicó la entrevistada.
El depósito legal tiene como función recopilar lo que se publica en literatura, música y audiovisuales en el país. La misión es preservar una memoria histórica y las obras se depositan en la Biblioteca de México, Biblioteca del Congreso de la Unión y Biblioteca Nacional de México.
Si las instituciones querían poner la obra a consulta tenían que adquirir una licencia o ejemplares y todo funcionaba bien hasta que llegó la nueva Ley General de Bibliotecas.
“Las industrias creativas nos enteramos cuando se publicó la ley. No hubo un trabajo previo que definitivamente es lo que faltó y se nos ignoró por completo. No se consultó con los gremios, sociedades de gestión colectiva, ni de autores, con nadie y se tomaron decisiones bajo la lamentable sombra del desconocimiento e ignorancia de esto temas”, señaló Quetzalli de la Concha.
La nueva Ley General de Bibliotecas fue impulsada por el entonces director general de bibliotecas, Marx Arriaga, cuya propuesta provocó más de 100 amparos de productores y autores de contenidos que se manifestaron contra la “nueva ley” y finalmente la SCJN les da la razón.
“Se tiene que rehacer la nueva Ley General de Bibliotecas. Lo que esperamos y creo que es un acto de prudencia, es dar un paso atrás, observar los criterios de la Suprema Corte y sentarnos todos: autores, titulares de derechos sociedades… con legisladores y autoridades para trabajar en una ley que sí considere y proteja los derechos de autor entre muchas otros temas que se deben de trabajar con el fin de generar una ley que contemple a todos los involucrados y sí sea funcional”, finalizó la entrevistada.
hc