"Las muertes alargadas no se las merece nadie": Diana Bracho revela que firmó su voluntad anticipada

La famosa hizo este trámite después de que murió su marido, Rafael Cortés, en 2011.

Diana Bracho. (Cuartoscuro)
Ciudad de México /

Diana Bracho, icónica actriz mexicana que recientemente protagonizó la telenovela ¿Qué le pasa a mi familia?, del productor Juan Osorio, sorprendió a sus seguidores al revelar que ya está preparando varios aspectos para el momento de su muerte, como la firma de una voluntad anticipada.

En entrevista con el programa matutino Hoy, la famosa también contó que este trámite lo hizo junto a su testamento después de que murió su marido, Rafael Cortés, en 2011.

"Al día siguiente que mi marido murió, hice mi testamento y firmé el acuerdo para que no te revivan… tiene un nombre, es un documento que es legal en la Ciudad de México nada más, que tú firmas donde dices que no quieres que te resuciten, que no quieres que te den ningún apoyo cuando tengas una enfermedad terminal", señaló.

Luego de subrayar que este acuerdo "es legal", Diana dijo que lo firmó "porque sabes que liberas a tu familia de la presión de: '¡Ay, yo voy a salvar a mi mamá!, ¿Cómo la voy a desconectar? Está como lechuga hace 8 meses, pero cómo la voy a desconectar, me voy a sentir muy culpable'".

"Yo creo que el mejor regalo que le podemos dar a un ser querido es ayudarlo a morir con dignidad, porque las muertes alargadas, dolorosas, penosas, horribles, no se las merece nadie", concluyó la actriz sobre el tema.

¿Qué es la voluntad anticipada?

El Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores señala que la voluntad anticipada puede ser entendida como “la decisión que toma una persona de ser sometida o no a medios, tratamientos o procedimientos médicos que pretendan prolongar su vida cuando se encuentre en etapa terminal y, por razones médicas, sea imposible mantenerla de forma natural, protegiendo en todo momento la dignidad de la persona” (Art. 1 de la Ley de Voluntad Anticipada para el Distrito Federal).

Es importante entender que la voluntad anticipada no prolonga ni acorta la vida, respeta el momento natural de la muerte y favorece la atención y los cuidados paliativos al final de la vida, es decir, ofrecer acompañamiento al paciente sin intervención médica durante esta última etapa. 


yhc

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