Demandan a la promotora de los conciertos de Taylor Swift; ésta es la razón

Según explicaron desde la SGAE, la relación con Last Tour es "complicada desde hace años", con dos demandas previas.

Demandan a la promotora de los conciertos de Taylor Swift
Ciudad de México /

La Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) de España demandó a la promotora Last Tour por no abonar las cantidades derivadas de los derechos de autor desde 2022 a 2024, más de cuatro millones de euros, de los que la mitad corresponden a los dos conciertos de Taylor Swift en Madrid.

Así lo confirmaron a EFE fuentes de esta sociedad, encargada de recaudar esos ingresos en nombre de los afectados por el impago, entre los que, además de la estadounidense, se encuentran otros autores y artistas que, como ella, son compositores.

Como responsables de otros importantes eventos como los festivales Bilbao BBK Live, Azkena Rock y Kalorama en Madrid, en esa relación hay nombres tan conocidos como los de Sting, Leiva, Juan Luis Guerra o Rigoberta Bandini, entre otros.

Según explicaron desde la SGAE, la relación con Last Tour es "complicada desde hace años", con dos demandas previas.

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El detonante de la demanda actual es el aviso por parte de la entidad de gestión colectiva BMI, la que opera en Estados Unidos, de que España era el único país del que aún no habían percibido las cantidades de Swift en concepto de derechos de autor, unos dos millones de euros.

Según publicó el diario español El Mundo en relación con la postura de Last Tour, la promotora considera "excesiva" la tasa que cobra SGAE a los promotores de espectáculos musicales en vivo desde hace una década, cuando bajó del 10% al 8,5% de cada entrada, y disienten de cobrar ese porcentaje, "cuando la tarifa que se aplica en el país de origen de Taylor Swift se limita a un 1,15%".

"Cada entidad de gestión de cada país tiene su tarifa y los promotores de todos los países han pagado sin rechistar, incluso en lugares con tarifas superiores a la de la SGAE", replican desde la entidad española y recuerdan que "la ley que rige es la del país no de origen del autor, sino la de donde se produce el hecho que general el derecho".

DAG

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