Las obras del proyecto Agua Saludable para La Laguna contemplan trabajos al interior del Cañón de Fernández en el municipio de Lerdo, Durango, sin embargo, estos serán a las afueras del núcleo del área natural protegida, así lo dio a conocer el analista legal del programa, Alberto del Castillo del Valle.
Esto luego del amparo emitido por la asociación Pro Defensa del Nazas A.C. para detener la construcción de obras dentro del cañón.
El especialista afirmó en entrevista para MILENIO, que el decreto con el que se creó el Parque Estatal Cañón de Fernández como zona protegida en abril del 2004, permite la construcción de obras públicas o privadas a las afueras del núcleo del área protegida, la cual abarca una cuarta parte de la totalidad del parque.
Apuntó que el artículo 7 de dicho decreto, firmado por el entonces gobernador de Durango, Ángel Sergio Guerrero Mier, aprueba la intervención de construcciones en esta zona, mientras que se tenga la autorización por la SEMARNAT (Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales).
“Hay una zona natural protegida que es el Cañón de Fernández donde no se pueden llevar determinadas obras, pero fuera de la parte del núcleo sí se puede, siempre y cuando la SEMARNAT otorgue la autorización, previo a la manifestación del impacto ambiental que se presente. En este caso la autoridad aprobó la obra”, compartió.
En la perspectiva de Alberto del Castillo, luego de analizar el decreto y la zona, el proyecto de Agua Saludable está apegado a la constitución y a la ley. “Objetivamente, la resolución del juez de distrito establece la posibilidad de llevar adelante esta obra ya que no está en el núcleo”.
El también abogado litigante y profesor de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), señaló que tal artículo muestra la visión que tuvieron los creadores del decreto, al prever una obra de interés social con beneficio a la salud como se plantea el proyecto de ASLL, sin llegar a afectar la zona de mayor presencia de flora y fauna del Cañón.
Explicó que un amparo es un juicio para determinar, o no, si hubo la violación de grantías con motivo de un acto de autoridad. “Si hay un acto que viole garantías hay que anularlo y aquí (ASLL) no hay ese acto que viole garantías”.
Así, bajo dicha premisa, detalló que habría suspensión de obra en dado caso que hubiera intervención de maquinarias y obras dentro del catalogado como núcleo del Cañón de Fernández, de lo contrario, “se puede iniciar o continuar con los trabajos de la obra ya que la suspensión no existe para ese punto porque no se trabaja dentro del núcleo”, aclaró.
El área del núcleo del Cañón de Fernández comprende un terreno de más de 4 mil hectáreas de las 17 mil que abarca el parque estatal.
CALE