Buscan reforzar sanciones contra la violencia digital en Tamaulipas

La “Fake Porno” es donde utiliza material pornográfico existente, pero reemplazando el rostro de los actores, por el de otra persona sin su consentimiento.

Buscan reforzar sanciones contra la violencia digital en Tamaulipas
Antonio Hernández
Ciudad Victoria /

Para reducir al máximo el hecho de que tres de cada 10 mujeres entre 12 y 29 años han sido víctimas de la violencia digital, va Morena por endurecer sanciones para frenar la alta incidencia de las llamadas “Fake Porno”.

La “Fake Porno” es donde utiliza material pornográfico existente, pero reemplazando el rostro de los actores, por el de otra persona sin su consentimiento. Esto se logra mediante edición de fotografía, video, y recientemente, la inteligencia artificial.

Así lo dio a conocer, la diputada del Congreso de Tamaulipas, Casandra de los Santos, al destacar que solo el Estado de México, Chiapas y Puebla han incorporado a sus códigos penales esa conducta delictiva. Por lo que propone reformar el artículo 276 septies del Código Penal de TamauLipas y el artículo 8 de la Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

Dijo que de acuerdo con datos de la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de las Tecnologías de la Información en los Hogares del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) este 2023, en Tamaulipas, las mujeres son las que más sufren violencia digital con un 23.9 por ciento a diferencia del 18.9 por ciento de los hombres.

También se reveló que tres de cada diez mujeres entre 12 y 29 años en México han sido víctimas de algún tipo de violencia digital y que el ciberacoso afecta a alrededor de 9.4 millones de mujeres en México.

Además, la población que más experimenta ciberacoso, son las niñas de 12 años, en tanto que el medio más frecuente que se utilizó para realizar ciberacoso en la modalidad de publicar información personal, fotos o videos fue Facebook, con 57.6 por ciento, seguido de WhatsApp, con 34.1 por ciento.

Por lo que habrá acciones para quien videograbe, audiograbe, fotografíe, imprima o elabore, imágenes, audios o videos con contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, sin su aprobación, o sin su autorización.

Se equiparará al delito de violación a la intimidad y se sancionará con la misma pena a quien sustraiga u obtenga de dispositivos de almacenamiento físico o virtual, cualquier imagen, vídeo, texto o audios de contenido íntimo, erótico o sexual, sin la autorización o consentimiento de la víctima, entre otras más.


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