Los procedimientos administrativos que se abrieron en contra del ex gobernador César Duarte Jáquez y funcionarios de su administración siguen vigentes, luego de que se repusieran 37 procesos, a raíz de una jurisprudencia que emitió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
La secretaria de la Función Pública (SFP), Mónica Vargas Ruiz, y el subsecretario de Asuntos Jurídicos y de Responsabilidades, Sergio Alejandro Ruiz Dávila, puntualizaron que ninguno de los procesos se ha "derrumbado”, tal como lo afirman diversas versiones.
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Explicaron que la jurisprudencia emitida por la SCJN en octubre, indica que los procesos investigados por la Operación Justicia para Chihuahua deben adecuarse a la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
“Específicamente, se han realizado 75 procedimientos, de los cuales, 25 cuentan con resoluciones por diversas sanciones y, algunos de ellos, están siendo atacados por los equipos de defensa de los ex funcionarios en el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa".
“En otros 37 asuntos, son en los que se está realizando la reposición. Es una cuestión a la que se tiene derecho como por parte de la autoridad y lo que implica, es que la Suprema Corte está declarando como no procedente la vía, es decir, no se atiende el fondo de los asuntos, ya que no se trata de sentencias”, apuntó Ruiz Dávila.
El funcionario resaltó que ninguno de los expedientes se ha “caído” o “derrumbado”, como se ha sugerido, ya que en ningún momento la SCJN ha emitido sentencia. Además, puntualizó que lo que se hace por parte de la SFP es atender el debido proceso, la legalidad y el respeto a los derechos humanos de los involucrados.
“Los procedimientos administrativos se comenzaron a integrar tomando en cuenta las jurisprudencias vigentes en ese momento, así como una primera tesis aislada que se publicó el 7 de junio 2019, en la que se adoptó que bajo el rubro de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, las conductas reprochadas cometidas bajo la vigencia de la abrogada Ley Federal relativa, le son aplicables las reglas de ésta y no las de la Ley General de Responsabilidades Administrativas”, agregó.
Sostuvo que, de acuerdo con las normas establecidas en los sistemas estatal y federal, se ha ordenado la reposición partiendo de la premisa vinculada a la jurisprudencia vigente, que establece que la Ley General de Responsabilidades Administrativas será aplicable en aquellos casos iniciados de forma posterior al 19 de julio de 2017.
“Eso implica que las personas involucradas continúan bajo el carácter de presuntos responsables y sus procedimientos seguirán las reglas establecidas en la Ley General. Es decir, no implica que los procedimientos que se hayan iniciado bajo una norma diversa deban ser considerados como concluidos. Serán los tribunales quienes otorguen sentencia a cada uno de esos asuntos que tienen plena vigencia”, se destacó.
Por su parte, la titular de la SFP rechazó que se tengas “fallas” en estos procedimientos, ya que la jurisprudencia de la Corte fue posterior a que se iniciaran los procesos.
"No se podía adivinar que la Suprema Corte, dos años después, iba a emitir una jurisprudencia contraria a la tesis aplicable hasta ese momento”, indicó.
ROA