Consejería de Presidencia impugna 60 decretos de municipios de Chihuahua

La Consejería Jurídica de la Presidencia de la República presentó los actos de inconstitucionalidad por las leyes de ingresos en 60 municipios del estado de Chihuahua ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación. (Cuartoscuro|Archivo)
Rubén Mosso
Ciudad de México /

En un hecho sin precedentes, la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República interpuso en la Suprema Corte de Justicia de la Nación 60 acciones de inconstitucionalidad, donde reclama los decretos que autorizaron las leyes de ingresos de igual número de municipios del estado de Chihuahua.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos se sumó a la impugnación, pero sólo promovió una acción de inconstitucionalidad contra la entidad, donde reclama que la aplicación de la norma viola los principios de las libertades de reunión, expresión, los derechos de propiedad, identidad y no discriminación.

La CNDH pidió al Alto Tribunal anular en los estatutos de cuatro ayuntamientos, así como la multa que se impondrá a las personas que duerman en lugares públicos, por concepto de “falta o infracciones contra las buenas costumbres y la integridad moral del individuo y de la familia”.

Por su parte, la Consejería Jurídica de la Presidencia argumenta que la aplicación de una tasa adicional del 4 por ciento a los impuestos predial y sobre traslación de dominio de bienes inmuebles son inconstitucionales

También solicitó abolir el denominado impuesto universitario, el cual se cobrará mediante una sobretasa a los impuestos predial y de traslación.

En los próximos días se dará a conocer si dichas acciones son admitidas o no a trámite las acciones de inconstitucionalidad|.


Van por más estados

La CNDH también promovió acciones de inconstitucionalidad contra las leyes de ingreso de Jalisco, Nayarit y Michoacán, pero éstas aún no son notificadas oficialmente en la Corte.

Al igual que en el caso de Chihuahua, en todas las acciones se menciona que las normas impugnadas establecen que los Ayuntamientos correspondientes fijarán, a través de los contratos respectivos, los montos de los derechos que deben pagar los concesionarios del servicio público de estacionamiento, así como las rentas o ingresos por concesiones de bienes municipales de dominio público distintos a los señalados en los propios ordenamientos.

Lo anterior, alega el organismo, transgrede el derecho de seguridad jurídica y los principios de legalidad, de reserva de ley y legalidad tributaria, en virtud de que delega la facultad de determinar los elementos esenciales de los derechos correspondientes en una autoridad administrativa, lo que propicia la arbitrariedad y la incertidumbre respecto de las cuotas que las personas deben pagar.

Por ello, pidió declararlas inconstitucionales, porque permiten un resquicio de arbitrariedad para que una autoridad administrativa determine de forma discrecional el monto de una contribución por un servicio a cargo de la administración municipal, por lo que resultan transgresores de los derechos y principios ya mencionados.

​kvd

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