Proponen hasta 3 años de prisión a quien incumpla con pensión alimenticia

Señala que la ley contempla que el deudor cuente con recursos económicos, y eso imposibilita que se aplique una sanción, por lo que propone suprimirlo.

Los embarazos entre jóvenes y adolescentes han propiciado el incumplimiento de las obligaciones alimenticia. (Agencia Enfoque)
Jessica Rosales
Saltillo, Coahuila /

En Coahuila, los diputados de la UDC propusieron reformas al Código Penal para castigar con penas de tres meses hasta tres años de prisión a quien incumpla injustificadamente las obligaciones alimenticias de sus hijos, por lo que se plantean modificaciones para que los Ministerios Públicos puedan aplicar la sanción que, consideran, esta limitada por la propia Ley.

El diputado y presidente de la Junta de la Junta de Gobierno en el Congreso local, Emilio Alejandro De Hoyos Montemayor, conjuntamente con la diputada Zulmma Verenice Guerrero Cázares, planteó la propuesta para clarificar la redacción del artículo 254 del llamado Nuevo Código Penal, para que el juzgador tenga las herramientas necesarias a la hora de juzgar a quienes incumplen con dicha responsabilidad.

La reforma plantea que: se impondrá de tres meses a tres años de prisión, multa, suspensión de los derechos de la familia y la reparación del daño a quien no le proporcione, en lo posible, los recursos necesarios a cualquier persona respecto de la que tenga obligación legal de proveer a su alimentación, habitación, salud y/o educación.

“La propuesta que planteo se refiere a los casos de incumplimiento de la obligación de dar alimentos entre padres e hijos, adoptantes y adoptados, básicamente, y no así a la que deriva de proveídos judiciales entre cónyuges, concubinos o relaciones estables. A éstos últimos, la sanción penal aplicable está prevista en el artículo 255 de manera específica”, expuso De Hoyos Montemayor.

Ejemplificó que los embarazos entre jóvenes y adolescentes han propiciado el incumplimiento de las obligaciones alimenticias y aunque en la entidad existen diversas políticas públicas encaminadas a la protección de jóvenes en condición de embarazo adolescente que tienen como finalidad, sobre todo, evitar la deserción escolar y procurar afianzar su personalidad y su autonomía económica a través de habilidades para el trabajo, también es importante reforzar el marco legislativo.

“Mi propuesta implica que estas medidas puedan complementarse con otras, como la de garantizar penalmente, con el mismo rigor, pero con menor margen de evasión a la ley, la obligación de contribuir a la alimentación y cuidado de los hijos por parte de los padres y no solamente de las madres”, detalló Emilio De Hoyos.

Explicó que en ocasiones dificulta al Ministerio Público presentar ante el Juez a un deudor alimentario para ser sancionado penalmente, ya que al establecer la propia redacción el hecho de que el deudor alimentario cuente con recursos económicos, imposibilita en muchos casos el encuadre del tipo penal por el simple hecho de que éste no cuenta con un empleo formal, o no percibe ingresos comprobables, evadiendo de esta forma la justicia.

“Lo que estamos suprimiendo es la posibilidad de que el deudor cuente o no con recursos económicos estableciendo así la obligación si o si de brindar los alimentos”, agregó el diputado de UDC.

CALE

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