En Coahuila, proponen tipificar como delito las terapias de conversión

Si la terapia de conversión se hiciere en un menor de dieciocho años de edad, la pena se aumentará en una mitad y se perseguirá por oficio.

Bandera LGBT. (AFP)
Esmeralda Sánchez
Saltillo, Coahuila. /

El Congreso de Coahuila dio entrada a una propuesta de modificación al Código Penal en la entidad, a fin de considerar como delito que se apliquen las llamadas terapias de conversión de género.

La Iniciativa con Proyecto de Decreto fue presentada por la diputada ahora con licencia Lizbeth Ogazón Nava y su grupo parlamentario del partido Movimiento de Regeneración Nacional, en ella se detalla que las “terapias de conversión” también son conocidas como ECOSIG (Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género).

La adición al Código Penal de Coahuila en su título sexto, capítulo tercero, referente a los delitos contra el desarrollo de la personalidad de menores de edad, explica que entre ellos están atentar contra el libre desarrollo de la personalidad e identidad de género.

Allí se explica que “se entiende por terapias de conversión de género, aquellas prácticas consistentes en sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos o tratamientos que tenga por objeto anular, obstaculizar, modificar o menoscabar la expresión o identidad de género, así como la orientación sexual de la persona, en las que se emplea violencia física, moral o psicoemocional, mediante tratos crueles, inhumanos o degradantes que atenten contra la dignidad humana”.

Si la terapia de conversión se hiciere en un menor de dieciocho años de edad o persona que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o persona que no tenga la capacidad de resistir la conducta, la pena se aumentará en una mitad y se perseguirá por oficio.

En su exposición de motivos, abunda en que dichas terapias pueden llegar a emplear distintos métodos, tales como la religión y medicamentos, y según la legisladora, en estos procesos a base de rezos, se presenta también la ingesta de medicamentos como Ludomil y Dogmatil, “los cuales son comúnmente utilizados para el tratamiento de desórdenes psicológicos o neurológicos, por lo que creen que la homosexualidad, se trata de un trastorno mental”, ello aunque desde 1973 no se considera como tal.

“Existen registros de que los ECOSIG derivan en maltrato físico, privación de la libertad, violencia económica y hasta violaciones grupales, así mismo, existen las llamadas terapias de aversión, las cuales consisten en inyectar a los pacientes, cantidades de adrenalina para provocar un miedo extremo”, afirma la iniciativa.

La propuesta resalta que el tratar de interferir en el libre desarrollo de la personalidad de un individuo “atenta en las garantías individuales” ya que el fin es intervenir en su comportamiento, en su sentir, en su forma de expresarse y de pensar, sin importar el daño que se le esté generando, “por lo que llegan a la agresión psicológica y hasta a la agresión física”.

“Las terapias de conversión, son un delito que no solo atenta con el libre desarrollo de la personalidad, sino también contra la identidad sexual de cada persona, no debemos permitir que una persona se sienta con el derecho de privarle a otra persona su identidad de género”; cabe mencionar que el Código Penal del Distrito Federal, ya establece como delito las terapias de conversión.

¿Qué sentencia se daría?

Se propuso una pena de dos a cinco años de prisión y 50 a 100 horas de trabajo para quienes incurran en este tipo de actos.

EGO

LAS MÁS VISTAS

¿Ya tienes cuenta? Inicia sesión aquí.

Crea tu cuenta ¡GRATIS! para seguir leyendo

No te cuesta nada, únete al periodismo con carácter.

Hola, todavía no has validado tu correo electrónico

Para continuar leyendo da click en continuar.