Comunidad indígena nahua en Michoacán gana amparo contra concesiones mineras

Un juez federal ordenó a la Secretaría de Economía suspender todos los títulos de concesión minera dentro de San Juan Huitzontla y realizar una consulta a la comunidad.

El pasado 21 de enero fue dictada la sentencia dentro del juicio de amparo | Especial
Sandra Rojas
Uruapan, Michoacán /

El juez sexto de Distrito, con sede en Uruapan, Michoacán, concedió un amparo a la comunidad nahua de San Juan Huitzontla, ubicada en la zona sierra-costa del municipio de Chinicuila, contra el otorgamiento por parte de la Secretaría de Economía de títulos de concesión minera, por estimar que con ello se ignoró el derecho de la comunidad a ser consultada de manera libre, previa e informada.

A más de tres años de inicio del proceso legal, el pasado 21 de enero la sentencia dictada dentro del juicio de amparo, reconoció la violación a los derechos de la comunidad indígena y declaró la suspensión de los títulos de concesión minera a dos empresas hasta que la comunidad sea consultada.

La comunidad de San Juan Huitzontla es representada legalmente por el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), quienes señalaron que la sentencia a favor de esta comunidad ha sido emitida cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se apresta a analizar, el próximo 2 de febrero.

El amparo en revisión fue presentado por la comunidad indígena de Tecoltemi, en la Sierra Norte de Puebla, acompañada por Fundar - Centro de Investigación y Análisis y el Consejo Tiyat Tlali.

El recurso busca que la SCJN no solamente cancele los títulos de concesión minera, sino que declare inconstitucional e inconvencional la Ley Minera por vulnerar los derechos a la tierra y el territorio de los pueblos indígenas.

Por ello, el Centro Prodh presentó una Amicus Curiae ante la Corte, en el cual argumentan la incompatibilidad de la Ley Minera vigente con la Constitución y los tratados internacionales firmados y ratificados por México.

“De validarse de nuevo la Ley Minera, comunidades y pueblos indígenas, ya en una situación históricamente vulnerable, tendrían que acudir interminablemente a juzgados y tribunales para demandar las graves afectaciones que la explotación de minerales ocasiona en la vida comunitaria, en condiciones de franca desigualdad frente a las empresas mineras y expuestas a daños irreparables a sus territorios y modos de vida”, detalló el Centro Prodh.

GAC​

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