El pleno de la Asamblea Constituyente aprobó el artículo 12, referente a la libertad de reunión y asociación, libertad de expresión, derecho a la información, derecho a la privacidad y a la protección de los datos personales.
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Respecto a la protesta social, el diputado del PRD Jesús Ortega propuso que los protocolos de actuación en este tipo de acciones los elabore el Congreso local y no el Gobierno de la Ciudad de México como está expuesto en el dictamen de la Comisión de Carta de Derechos; no obstante, esto fue rechazado por Morena y no fue incluido en el artículo.
Por lo anterior, lo referente a este tema queda de la siguiente manera: “la protesta social es un derecho individual y colectivo, que se ejercerá de manera pacífica sin afectar derechos de terceros.
"Las autoridades adoptarán protocolos de actuación en manifestaciones conforme a parámetros internacionales dirigidos a la protección de las personas en el ejercicio de este derecho, sin vulnerar otros derechos. Queda prohibida la criminalización de la protesta social y la manifestación pública”.
Asimismo, quedó garantizado el derecho a reunirse y asociarse libremente para promover, ejercer y proteger sus intereses lícitos de orden político, económico, social, cultural, entre otros.
También se aprobó que toda persona tiene derecho a la libertad de expresión por cualquier medioM su ejercicio no podrá ser objeto de previa censura, además “solo podrá ser limitado en los casos que señale la Carta Magna federal”.
Se añadió que se garantizará y salvaguardará la independencia y dignidad personal a quienes ejercen la función periodística a través de la cláusula de conciencia (no pueden obligar al periodista a escribir sobre algo que no desea).
MSP