La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó diversas porciones normativas de las leyes de Hacienda y de Ingreso del estado de Tamaulipas, que fijaban gravámenes a la venta final de cerveza, aguamiel y productos para su fermentación.
El Pleno avaló el proyecto de sentencia de la ministra Margarita Ríos-Farjat, quien dejó claro que las entidades tienen facultades para establecer impuestos a bebidas alcohólicas, pero éstas no incluyen a los productos fermentados, como la cerveza y el aguamiel.
La discusión derivó de una controversia constitucional promovida por el titular del Poder Ejecutivo Federal, donde impugnó diversos artículos de las citadas leyes.
“El problema que el proyecto identifica es que al momento de definir lo que debe entenderse por bebidas con contenido alcohólico se hace a partir de la graduación y se cae en la sobreinclusión, pues al ser genérica y sin ningún tipo de salvedad o excepción se genera un impuesto al consumo de cerveza, aguamiel y productos para su fermentación, respecto de los cuales sí hay una reserva expresa en la Constitución”, dijo la ministra ponente.
Asimismo, recalcó que otras entidades el país, como la Ciudad de México, Guanajuato y Michoacán, han contenido en sus leyes fiscales impuestos locales para el consumo de bebidas alcohólicas, pero siempre excluyendo de estos gravámenes a la cerveza y a los derivados del aguamiel, porque están reservados para la Federación.
Asimismo, la Corte también declaró inconstitucional el impuesto al tabaco labrado, el cual fijó el congreso tamaulipeco.
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