Desechan impugnaciones en municipios de Sabinas y San Juan de Sabinas

No se encontraron elementos suficientes para proceder con la petición.

Boletas electorales 2024. l Roberto Amaya
Daniel Santiago
Saltillo, Coahuila /

Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Coahuila, desecharon impugnaciones presentadas en contra de la validación de los conteos municipales en Sabinas y en San Juan de Sabinas, tras ratificar los acuerdos de los comités electorales de ambas localidades.

En el caso de Sabinas, fueron varios partidos los que solicitaron la nulidad de la elección, señalando varias irregularidades que incidieron en el resultado de la votación, sin embargo, los magistrados afirmaron que no se presentaron elementos suficientes para acreditar que se hubiese registrado algún tipo de presión hacia los votantes en favor del partido que obtuvo el triunfo.

En San Juan de Sabinas, fue una fuerza política la que argumentó coacción del voto y presión al electorado, sin embargo, de acuerdo a los magistrados, esto tampoco fue acreditado en la solicitud de impugnación.

Los magistrados consideraron que los supuestos señalados, como la debida integración de las mesas directivas, o la presión en el electorado, no se presentaron elementos suficientes para sustentar estos señalamientos y que esto incidió en el resultado de la votación.

También se determinó que no se acreditó que en el periodo de campaña, se hubiese registrado algún tipo de violencia política de género en contra de la candidata Zulmma Verenice Guerrero, ni el uso de programas sociales dentro de la campaña del candidato ganador.

De igual manera, se determinó validar el acuerdo para declarar válida la elección en el municipio de Múzquiz, al señalar que la solicitud de conteo de votos en sede jurisdiccional, es improcedente debido a que quienes lo solicitan incumplen con el requisito consistente en haber obtenido el segundo lugar en la votación.

Los magistrados señalaron que los motivos expuestos por el Partido del Trabajo para pedir la nulidad de la elección en Múzquiz, no se sustentan de manera correcta, ya que no se acreditó debidamente que los hechos señalados, hayan resultado en la compra de votos por parte del Partido Revolucionario Institucional.

“Ofreció tres enlaces electrónicos cuyo contenido corresponde a un perfil de Facebook, medios que al ser indicios, resultan insuficientes ocurrieron en el municipio de Múzquiz el día 17 de mayo, y que el dinero encontrado al interior del vehículo tenía por objeto comprar el voto de la ciudadanía, tampoco se comprobó que el listado de nombres que se encontró, correspondía a las personas que pretendían comprar el voto, y que estas se encontraban en el padrón electoral de este municipio”, afirmó la secretaria de estudio y cuenta, Clara Patricia Mujica.

La magistrada Karla Verónica Félix, indicó que en el medio de impugnación se señalan faltas graves, sin embargo, no se presentan las pruebas suficientes, lo que consideró importante al momento de pedir la nulidad de una elección.

DAED

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