Diputados plantearon la necesidad de eliminar el tope actual para las viviendas ofrecidas a viajeros y sustituirlo por la figura de “estancia turística eventual”; el objetivo es facilitar su registro, fiscalización y control.
Mejor control con los Airbnb
Se afirma que con ello, Tamaulipas podría endurecer y ordenar el control sobre las viviendas que se ofrecen como hospedaje turístico mediante plataformas digitales, al plantear la eliminación del límite de 120 días que actualmente establece la Ley de Turismo para los inmuebles residenciales destinados a turistas.
La iniciativa fue presentada por la presidenta de la Diputación Permanente, Lucero Deosdady Martínez, de Morena, y propone reformar la fracción I Bis del artículo 3 de la Ley de Turismo del Estado. Actualmente, la legislación define como anfitrión a la persona física o moral propietaria o poseedora legal que pone a disposición de turistas, parcial o totalmente, un inmueble de uso residencial por un tiempo no mayor a 120 días naturales.
Estancia turística eventual
La propuesta elimina ese plazo y lo sustituye por la definición de “servicio de estancia turística eventual”. De acuerdo con la exposición de motivos, el límite temporal ha generado vacíos operativos y discrepancias en la fiscalización y control de los inmuebles utilizados mediante plataformas digitales.
Con el cambio, la autoridad podría regular la actividad atendiendo a la naturaleza comercial o turística del servicio, en lugar de utilizar como referencia un número máximo de días. La iniciativa sostiene que esto permitiría supervisar también las estancias que se fragmentan o se mantienen de manera continua durante el año.
El alcance de la modificación es relevante, se afirma, porque la propuesta reconoce expresamente la posibilidad de que el servicio de estancia turística se brinde por tiempo indefinido, ya sea de manera parcial o total en un inmueble de uso residencial.
La modificación se plantea después de que el 17 de marzo de 2026 se publicó el Decreto 66-1002, mediante el cual se reformaron y adicionaron disposiciones de la Ley de Turismo y del Código Municipal de Tamaulipas para establecer mecanismos de identificación de las personas físicas y morales que ofrecen inmuebles residenciales mediante plataformas digitales.
Iniciativa aplicada en otros estados
La iniciativa señala además que se realizó un estudio de derecho comparado y que el concepto de “estancia turística eventual” ya está contemplado en las legislaciones de Quintana Roo, Tlaxcala, Morelos, Sonora, Chihuahua, Ciudad de México y Guerrero.
En el texto propuesto, la definición quedaría como la de un anfitrión que pone a disposición de turistas, parcial o totalmente, un inmueble de uso residencial para brindar el servicio de estancia turística eventual, eliminando la referencia a los 120 días.
En síntesis, la iniciativa cambia el criterio para regular las viviendas turísticas: ya no sería el número de días lo que determine su carácter, sino la naturaleza del servicio.
AA