Se homologó a la Norma Oficial Mexicana 005-ASEA-2016, el reglamento de Torreón para el establecimiento de gasolineras y estaciones de venta, almacenamiento de gasolinas, diésel y plantas de almacenamiento. El presidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentación, Christian González Zambrano señaló que actualmente son 150 metros del área de despacho del combustible y la armonización obliga a que se encuentren a 15 metros de comercios, centros educativos y casas habitación.
Durante la sesión de Cabildo se aprobó por unanimidad el dictamen de la Comisión de Gobernación y Reglamentación, mismo que modifica el reglamento para el establecimiento de gasolineras y estaciones de venta, almacenamiento de gasolinas, diésel y plantas de almacenamiento para distribución y venta de gas licuado de petróleo del Municipio de Torreón.
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Se trata de la modificación de la fracción I del artículo 10 del reglamento municipal que se armoniza a la Norma Oficial Mexicana en su apartado 6, en donde se establece que la distancia del área de despacho combustible debe ser a una distancia de 15 metros, medidos a partir del eje vertical del dispensario con respecto a los lugares de concentración pública y no de 150 metros como actualmente se dispone en el reglamento que se propone modificar.
González Zambrano, explicó que el predio debe de ubicarse a una distancia mínima de 15 metros de concentración masiva como escuelas, hospitales, mercados, cines, teatros, estadios, auditorios e iglesias. Esta distancia se medirá de los muros de los edificios indicados a las bombas o tanques de almacenamiento de combustible.
Las modificaciones entrarán en vigor al día siguiente de su publicación y es una Norma que se creó en 2016.
Finalmente, Christian González dijo que se deben de modernizar las reglamentaciones locales a las normas oficiales y se encuentran en revisión.
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