Ignora IMSS Norma Oficial sobre donación de sangre

Los homosexuales y personas con tatuajes, entre otros, son discriminados por los hospitales del Seguro Social, a pesar de que en el año 2012 se modificaron los lineamientos.

Entre los requisitos para la donación de sangre aún viene no homosexuales.
Daniela Mendoza Luna
Monterrey /

A más de 14 meses de haber sido eliminada de la Norma Oficial Mexicana para donación de sangre la limitación a "hombres homosexuales", el Instituto Mexicano del Seguro Social y sus hospitales en Nuevo León siguen conservando la excepción.

En diciembre de 2012 quedó sin vigencia la Norma Oficial Mexicana que establecía una prohibición explícita a donadores con dicha orientación sexual.

En su lugar, la nueva norma "Para la disposición de sangre humana y sus componentes con fines terapéuticos" limita la donación a "quienes mantienen prácticas sexuales de riesgo", sin especificar preferencias.

Evidencia allegada a MILENIO Monterrey muestra cómo algunas clínicas como la número 17 del Instituto Mexicano del Seguro Social, todavía manejan expresamente esta prohibición entre sus requisitos.

El lineamiento 8 destaca puntualmente: "No ser drogadicto, homosexual o bisexual", contraviniendo la norma que fue elaborada en su momento por un equipo de dependencias que incluye a la Secretaría de Salud federal, el Centro Nacional para la Prevención y el control del VIH/sida (Censida), las secretarías de la Defensa Nacional y de la Marina, el IMSS, el ISSSTE, Pemex, la Cruz Roja Mexicana, entre otras.

La norma en vigor precisa lo que se refiere a una conducta sexual de riesgo como "aquella en la que ocurre contacto o traspaso de sangre, secreciones sexuales u otros líquidos corporales de personas que pudieran tener infecciones transmisibles, con sitios del cuerpo de otra persona a través de los cuales el agente infeccioso pudiese penetrar", esta no es privativa de los homosexuales y hombres que tienen sexo con otros hombres.

Las reglas fueron cambiadas para garantizar la cobertura universal de sangre y promover la cultura de donación gratuita y voluntaria, y reconoce la necesidad de actualización tomando en cuenta los estándares internacionales.

Con sus "prohibiciones", el IMSS en Nuevo León deja fuera no sólo a este grupo de personas, sino también descarta en el punto 9 a las mujeres que estén en su periodo menstrual y en el 10 a las personas que tengan tatuajes; ninguna de las cuales está contraindicada.

La norma sí señala en su punto 4.5 que el responsable sanitario de un banco de sangre o de un servicio de transfusión deberá vigilar que las actividades relativas a la disposición de sangre y componentes sanguíneos se lleven a cabo:

"En condiciones de máxima seguridad, bienestar y respeto para los donantes, los receptores, el personal de salud, voluntarios y visitantes. Estas condiciones deberán mantenerse en los puestos de sangrado, así como en las colectas externas que lleve a cabo un banco de sangre o un puesto de sangrado...".

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