¿Qué son los municipios regidos por usos y costumbres?

México es un país multicultural, lo que obligó a que el país reconociera una forma de organización política basada en los usos y costumbres.

Los sistemas normativas indígenas dan autonomía a los municipios. (Abraham Jiménez)
Ciudad de México /

México es un país multicultural y la historia de las poblaciones indígenas en el país se remonta a miles de años atrás; con el tiempo, estas civilizaciones se han mantenido y sus formas de gobierno y organización han sido reconocidos por la Constitución de México.

Luego de una lucha de los pueblos indígenas, relata el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), uno de los estados con mayor número de poblaciones originarias, en la década de los años 1990 se reformó la Constitución del estado para reconocer formalmente la organización antes llamada de usos y costumbres, hoy nombrados sistemas normativos indígenas, siendo así el primer estado en hacer reformas en esta materia.

Además, el artículo 2 de la Constitución Mexicana establece "el derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación se ejercerá en un marco constitucional de autonomía que asegure la unidad nacional. El reconocimiento de los pueblos y comunidades indígenas se hará en las constituciones y leyes de las entidades federativas, las que deberán tomar en cuenta, además de los principios generales establecidos en los párrafos anteriores de este artículo, criterios etnolingüísticos y de asentamiento físico".

¿Qué son los sistemas normativos indígenas?

El IEEEPCO explica que los sistemas normativos indígenas "son los principios generales, las normas orales o escritas que los municipios y comunidades indígenas reconocen como válidas y aplican en su vida diaria".

Añade que estos sistemas definen la manera en la que la comunidad elige y nombra a a sus autoridades; sin embargo, están obligados a garantizar que las mujeres tengan el mismo derecho de votar y ser votados, a pesar de que esto no era permitido con anterioridad.

La máxima autoridad en los sistemas normativos indígenas es la asamblea comunitaria, que será conformada por los habitantes, que cumplan los requisitos impuestos por la misma comunidad y que sean elegidos por la población mediante el sistema establecido en el municipio.

Aunque hay diferentes tipos de elección, los más comunes son:

  • A mano alzada: Las y los miembros de la comunidad alzan la mano por el candidato, candidata o planilla que elijan.
  • Por pizarrón: En un pizarrón se anotan los nombres de las candidatas y candidatos. Ahí, quienes integran la asamblea general comunitaria anotan una raya para asentar su voto.
  • Por aclamación: Se nombra a las planillas, candidatas o candidatos y quienes la apoyen realizan una aclamación para manifestar su voto.
  • Por pelotón: Se hace una formación de votantes en respaldo de cada planilla, candidatas y candidatos. El pelotón con mayor número determina que autoridad será electa.

¿Cuántos municipios con sistema normativo indígena hay en México?

De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en 2018 se eligieron autoridades mediante sistemas normativos indígenas en 421 localidades, que representaron 17.2 por ciento del total de municipios.

De estos 421 municipios, 406 están en Oaxaca; mientras que el resto están en Chiapas, Guerrero, Michoacán y Baja California Sur.

RLO

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