Con reformas al Código Civil estatal, el Congreso de Nuevo León aprobó la reducción de seis a tres meses la declaratoria de presunción de muerte para personas desaparecidas en diversas catástrofes y en ilícitos como secuestros o desaparición forzada de personas.
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El dictamen fue presentado al pleno por el diputado, Héctor García García, con el objetivo de facilitar trámites largos a familias de personas en condición de desaparecidas.
El diputado local, Marcos Mendoza Vázquez indicó que la declaración de presunción de muerte aplicará cuando la desaparición sea consecuencia de incendio, explosión, terremoto, ciclón, huracán, inundación o catástrofe en medios de transporte público o privado aéreo, terrestre o marítimo.
Al mismo tiempo que exista fundada presunción de que el desaparecido se encontraba en lugar del siniestro o catástrofe, por lo que bastará el paso de tres meses, contados a partir del trágico acontecimiento.
Las reglas también serán aplicables cuando la ausencia sea consecuencia de un hecho relacionado con la privación ilegal de la libertad, en la modalidad de secuestro, desaparición forzada y el plazo para decretar la presunción de muerte será de tres meses a partir de que se haya presentado la denuncia.
OVM