Nuevas reglas y sanciones de tránsito en el DF

Este martes entrará en vigor el nuevo Reglamento de Tránsito en la Ciudad de México. Aquí te presentamos los puntos más importantes para peatones, ciclistas y vehículos en general.

El reglamento de tránsito de la Ciudad de México entrará en vigor el 15 de diciembre.
Angélica Ferrer
Ciudad de México /

Este martes entrará en vigor el nuevo Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México. Ese ordenamiento contiene nuevas restricciones y multas, además de descuentos de puntos a las licencias de conducir de los automovilistas.

Para que esto no te suceda, te explicamos los cinco puntos más relevantes del reglamento, de acuerdo con la manera en la que te traslades dentro del DF y área conurbada.

Peatones

-Seguir las indicaciones de los agentes de tránsito y personal de apoyo vial y respetar la señalización vial.

-Ayudar a cruzar la calle a las personas con discapacidad o que utilizan muletas, bastones y andaderas.

-Si utilizan vehículos recreativos, es decir, patines, patinetas y patines del diablo, deberán dar preferencia a los peatones, no avanzar a más de 10 kilómetros por hora, evitar sujetarse a cualquier tipo de vehículo, sea o no motorizado y dar el paso a ambulancias, camiones de bomberos o patrullas.

-Cruzar por las esquinas y cruces peatonales en las vías primarias y secundarias con más de dos carriles. Si la vialidad solo tiene dos carriles, podrán cruzar en cualquier punto, siempre y cuando no pongan en riesgo su vida.

-Usar los pasos a desnivel y puentes peatonales.

*Aunque no recibirán una sanción económica, los policías de tránsito podrán amonestarlos verbalmente e invitarlos a conducirse de manera correcta en la ciudad.

Ciclistas

-No podrán utilizar teléfono celular o dispositivos de audio mientras estén en movimiento.

-Por las noches, deberán portar aditamentos luminosos y de protección y no podrán llevar objetos que obstruyan la visibilidad o que les impida tomar con las dos manos el manubrio.

-Está prohibido circular sobre aceras y zonas confinadas para peatones, con excepción de los niños menores de 12 años y elementos de seguridad pública, en carriles centrales o interiores de vías de acceso controlado, en espacios para transporte público ni entre los automóviles.

-Los ciclistas tendrán que circular del lado derecho de las vialidades, salvo en calles compartidas, cuando necesiten dar una vuelta a la izquierda y cuando deseen rebasar vehículos más lentos, parados, estacionados, obstáculos u obras viales.

-En vías que no tengan carriles confinados, tienen derecho a circular en el carril completo y hay prioridad en calles y carriles compartidos y en comitivas organizadas.

*Los ciclistas tampoco serán multados, pero los agentes de tránsito podrán amonestarlos verbalmente.

Motociclistas

-Ya no podrán meterse entre los vehículos. El nuevo reglamento obliga a los motociclistas a utilizar un carril completo y solo podrán rebasar por el lado izquierdo. Si no se acatan estas reglas, recibirán una sanción de 349.75 a 699.50 pesos y un punto menos en la licencia de conducir.

-Está prohibido realizar maniobras que pongan en riesgo la integridad del conductor y de terceros, cambios abruptos de carril, circular por las aceras, por vías exclusivas para ciclistas, por carriles confinados para transporte de pasajeros y en vías que restrinjan su circulación.

En caso de violar cualquiera de estas disposiciones, tendrán que pagar una multa entre 699.50 a 2098.50 pesos y podrán quitarles entre uno a seis puntos en la licencia de manejo.

-Está prohibido llevar niños o pasajeros entre el conductor y el manubrio. De ser así, la sanción va de los 699.50 a los mil 399 pesos y hasta tres puntos de penalización en la licencia de conducir.

-Si manejan y llevas un pasajero, ambos deberán llevar casco o la multa será entre 699.50 y mil 399 pesos, tres puntos menos en la licencia de manejo y la remisión del vehículo al corralón.

-Tanto las luces traseras como delanteras de la motocicleta deberán estar encendidas, de lo contrario la multa va de los 349.75 hasta los 699.50 pesos y un punto de penalización en la licencia de conducir.

Conductores de vehículos particulares

-Los automovilistas no podrán utilizar el celular ni GPS mientras el vehículo esté en movimiento. La multa va de los 699.50 a los dos mil 98 pesos y tres puntos menos en la licencia de manejo.

-Los vehículos deben estar asegurados; en caso contrario, serán acreedores a una multa entre mil 399 y dos mil 798 pesos, la cual podrá ser cancelada si el conductor presenta dentro de 45 días naturales una póliza de seguro vigente.

-Ya no se podrán llevar mascotas en el automóvil, a menos de que esté sujeto con su correa a un asiento.

-Está prohibido escuchar música a un volumen exagerado; la sanción va de los 349.75 pesos a 699.50 pesos y un punto de penalización en la licencia de conducir.

-También serán sancionados los automovilistas que lleven pantallas de video en la parte delantera de su vehículo. La multa es entre mil 399 a dos mil 98 pesos y tres puntos menos en la licencia de manejo.

Transporte público y privado de pasajeros

- Los conductores de vehículos de transporte público de pasajeros deben compartir de manera responsable con los ciclistas el espacio de circulación en carriles de extrema derecha y al rebasarlos otorgarles 1.5 metros de separación entre los dos vehículos, disminuir la velocidad y tomar las precauciones necesarias.

Incumplir con esta disposición implicará sanción con multa equivalente de 10 a 20 veces la unidad de cuenta de la Ciudad de México, lo que significa este año de 699.50 a mil 399 pesos, y 3 puntos de penalización en la licencia de conducir.

-Los conductores deben realizar maniobras de ascenso o descenso de pasajeros en el carril de extrema derecha, en la esquina antes de cruzar la vía transversal y en el caso de transporte público colectivo solo en lugares autorizados por la Semovi o indicados expresamente en las concesiones.

En caso de infringir este precepto, se impondrá multa de 100 a 200 veces la unidad de cuenta, es decir, de 6 mil 995 a 13 mil 990 pesos y remisión del vehículo al depósito, además de 3 puntos de penalización en la licencia para conducir.

-Queda prohibido utilizar equipos de audio a niveles de volumen que resulten dañinos a la salud o molestos a los pasajeros por rebasar la medición de decibeles permitidos. Actuar en contrario implicará multa de 10 a 20 veces la unidad de cuenta, es decir, de 699.50 a mil 399 pesos y un punto de penalización en la licencia para conducir.

-Se prohíbe cargar combustible con pasajeros a bordo del vehículo. Por la infracción a esta regla se impondrá sanción con multa de 20 a 30 veces la unidad de cuenta, lo que significa de mil 399 a 2 mil 98.50 pesos y remisión del vehículo al depósito.

-Las unidades de servicio de transporte público de pasajeros deberán contar con póliza de seguro de responsabilidad civil vigente, que ampare la responsabilidad civil por daños y perjuicio que, con motivo del servicio, pudiese ocasionar a los usuarios o terceros en su persona o patrimonio, dependiendo de la modalidad de transporte a la que corresponda y de acuerdo a lo que establezca el reglamento de la ley.

En caso de no portar la póliza vigente, el concesionario de unidad de transporte público de pasajeros recibirá una sanción con multa de 60 a 80 veces la unidad de cuenta, es decir, de 4 mil 197 a 5 mil 596 pesos y remisión del vehículo al depósito.

En general, las nuevas reglas para circular en cualquier vialidad de la Ciudad de México son:

-Conducir en vías primarias a 50 kilómetros por hora y en vías de acceso controlado y secundarias a 80 y 40 kilómetros por hora, respectivamente.

-Tendrán prohibida la vuelta continua a la derecha, a excepción de los sitios donde la señalización vial lo permita.

-Serán sancionados por insultar a los agentes de tránsito y por utilizar el claxon para molestar a otros conductores. Las multas van de 349.75 a dos mil 98.50 pesos.​

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