La diputada federal de Oaxaca, Eufrosina Cruz Mendoza, anunció que presentará ante el pleno del Congreso de la Unión una reforma al Código Penal Federal para castigar con cárcel de cinco a 10 años, sin derecho de fianza, a quienes incurran en el delito de venta de mujeres o niñas u obligue a casarlas antes de que sean mayores de edad, en las comunidades indígenas del país.
La legisladora dijo que tiene listo el documento para que se reforme el Código Penal y en consecuencia, se homologue una vez aprobado en todos los estados, para que se eviten las violaciones a los derechos humanos de muchas niñas y mujeres en pueblos y comunidades indígenas del país, principalmente de la zona sureste.
“En el Código Penal Federal se adicionará un capitulo noveno sobre las sanciones que debe tener este tipo de actos, como cárcel a quien esté involucrado, porque muchas veces ni siquiera son los papás, son los hermanos,son los tíos, son los padrinos, los que están involucrados y también las instancias que también sabiendo que esta pasando esto no asumen también su responsabilidad”.
Estoy proponiendo en este capítulo, precisamente, que el matrimonio forzado de menores se castigue con penas privativas de libertad y además una multa”.
La legisladora dijo que la reforma va firme pese a que violente los usos y costumbres en algunas localidades, donde evidentemente se cometen excesos.
“En el caso de la venta de niñas y los matrimonios forzados ya no se trata cursos y capacitación, sino de acciones legales y castigos donde la ley se aplique con firmeza en todo el país”
Consideró inadmisible que en la ley haya castigos severos para quien se robe una vaca o invade un terreno, pero no para quien trafica con la vida de una niña, amparándose en los usos y costumbres de las comunidades indígenas”.
En Oaxaca, desde octubre pasado se publicaron las reformas que hizo el Congreso local, con mayoría de Morena; aprobó adicciones al Código Penal para castigar con 15 años de cárcel sin derecho a fianza a quien promueve el matrimonio infantil forzado, principalmente, entre niñas y mujeres indígenas.
En la adecuación propuesta por las Comisiones Unidas de Equidad de Género, Derecho Humanos y Administración de Justicia, los legisladores promovieron y acordaron una reforma integral al segundo párrafo al Artículo 28 de la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos en el Estado de Oaxaca.
La ley también contempla sanciones a cualquier otra persona o grupo de personas que ejerza una autoridad sobre ella, o se realice con el fin de prostituirla o someterla a esclavitud o prácticas similares aún cuando se haya obtenido el consentimiento de la persona menor de edad.
Con esta ley, Oaxaca puso fin a la impunidad que existía en la materia, una vez que hasta antes de la reforma la entidad ocupaba el tercer lugar a nivel nacional en matrimonio infantil con el 39.17 por ciento, después de Chiapas, que tiene el 44.82 por ciento y Guerrero que registra 42.41 por ciento.
MJVR