Jueza federal ordena frenar presunta tortura e incomunicación contra Sidronio Casarrubias en penal de Nayarit

Azucena Lazalde Íñiguez concedió una suspensión de plano a favor del presunto líder de Guerreros Unidos implicado en la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa; advirtió sanciones de hasta nueve años de prisión a mandos penitenciarios.

Sidronio Casarrubias Salgado, El Chino. (Especial)
Ciudad de México. /
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Una jueza federal concedió una suspensión de plano para que cesen de inmediato los presuntos actos de tortura física y psicológica, castigos ilegales, amenazas, incomunicación y aislamiento que denunció ser víctima Sidronio Casarrubias Salgado, El Chino, identificado como probable líder de Guerreros Unidos, quien se encuentra recluido en el penal federal de El Rincón, en Tepic, Nayarit.

El quejoso fue señalado por la entonces Procuraduría General de la República (PGR) de ser el supuesto jefe máximo de la citada organización criminal y de ordenar el ataque contra los 43 normalistas de Ayotzinapa, en la ciudad de Iguala, Guerrero, el 26 de septiembre de 2014.

La suspensión fue concedida por Azucena Lazalde Iñiguez, jueza Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de México, quien admitió a trámite la demanda de amparo 1192/2026 promovida por Casarrubias y otras dos personas cuyos nombres fueron testados en la resolución judicial.

En el acuerdo emitido el 20 de octubre, la juzgadora ordenó a las autoridades penitenciarias abstenerse de realizar actos que puedan constituir tortura, castigos ilegales o amenazas contra los quejosos.

La suspensión tiene como propósito que cese de inmediato el aislamiento y la incomunicación denunciados, y se garantice el derecho de los internos a comunicarse con sus familiares, abogados y demás personas autorizadas, conforme a las reglas del centro penitenciario.

La jueza dejó bajo responsabilidad de las autoridades penitenciarias la protección de la vida y la integridad de los internos.

Además, requirió un informe sobre el cumplimiento de la medida dentro de un plazo de 24 horas.

Advirtió que el incumplimiento de la suspensión puede derivar en sanciones de tres a nueve años de prisión, multa, destitución e inhabilitación para desempeñar cargos públicos, conforme a la Ley de Amparo.

Tras su decisión, la juzgadora se declaró incompetente por razón de territorio para continuar conociendo del asunto, debido a que los actos reclamados presuntamente ocurren en el penal de Tepic.

Por ello, ordenó remitir el expediente los juzgados de Distrito en Materia Penal en Nayarit, para que sea turnado al órgano jurisdiccional correspondiente.


  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.

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