Pachuca de Soto, la capital del estado, encabeza la lista de los seis municipios con el mayor número de carpetas de investigación por el delito de feminicidio entre enero y junio de este año, de acuerdo con la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo (PGJEH).
En la capital hidalguense se han iniciado cuatro carpetas de investigación por feminicidio, le sigue Apan con dos, mientras que en Santiago Tulantepec, Singuilucan, Tizayuca y Zimapán contabilizan una cada uno, con lo que suman diez carpetas en el primer semestre del año.
Luz María Ramírez Pérez, titular de la Fiscalía de Delitos de Género y Trata de Personas, de la Procuraduría, informó que de las diez carpetas de investigación fueron detenidas cinco personas y vinculadas a proceso, una carpeta se fue al archivo por muerte del agresor y aún hay cuatro carpetas en integración.
“Las principales líneas de investigación en los feminicidios obviamente es el círculo cercano a las mujeres porque sabemos que es en la mayoría de las ocasiones como ocurre”, sostuvo.
Mencionó que las diez carpetas de investigación por feminicidio en los últimos seis meses en la mayoría de los casos el agresor ha sido una pareja, expareja o una persona conocida de la víctima, “la mayoría de las veces (en los que se priva de la vida a la mujer) son asfixias”.
Reparación del daño
Por otra parte, respecto a la reparación del daño a las víctimas, mencionó que en las sentencias de los jueces establecen un monto a pagar por la persona sentenciada, sin embargo, mencionó que a pesar de los instrumentos para hacer que se pague no todas las personas imputadas lo hacen o tienen esa posibilidad.
“La otra opción es a través de indemnizaciones por parte de instancias gubernamentales, pero es un tema que ya escapa al área de la investigación (de la Procuraduría”, agregó la fiscal.
De acuerdo con la Ley de Víctimas para el Estado de Hidalgo las víctimas tienen derecho a ser reparadas de manera oportuna, plena, diferenciada, transformadora, integral y efectiva por el daño que han sufrido como consecuencia de un hecho victimizante, comprendiendo medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y medidas de no repetición. Las medidas de reparación integral del daño podrán cubrirse con cargo al Recurso de Ayuda.
La reparación integral del daño comprenderá, explica la Ley, la restitución: devolver a la víctima a la situación anterior a la comisión del hecho victimizante; la rehabilitación, facilitar a la víctima hacer frente a los efectos sufridos por el hecho victimizante;
Así como la compensación: medida que ha de otorgarse a la víctima de forma apropiada y proporcional a la gravedad del hecho victimizante y teniendo en cuenta las circunstancias de cada caso. Esta se otorgará por todos los perjuicios, sufrimientos y perdidas económicamente evaluables que sean consecuencia del hecho victimizante.
“Con el trabajo que hemos tenido en coordinación con el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio nos ha permitido acusar con montos mucho mayores (de reparación integral del daño) conforme a la afectación y proyecto de vida de cada víctima”, concluyó Luz María Ramírez.