El Instituto Nacional de las Mujeres se pronunció porque el tribunal de Querétaro, con perspectiva de género, rectifique su decisión en el caso de Dafne McPherson Veloz, quien se encuentra sentenciada a 16 años por abortar en un baño de una tienda de autoservicio.
La abogada del caso, Karla Michel Salas, informó que en ocho días decidirán si van por un amparo para que se revise el caso ante el tribunal local o acuden a la Suprema Corte de Justicia de la Nación; esto último "sería un proceso más largo, el cual puede durar hasta dos años".
Pablo Navarrete, coordinador de Asuntos Jurídicos del Iinmujeres, señaló que el caso de Daphne es emblemático, y es el tercero que acompaña el instituto donde la perspectiva de género tiene un papel fundamental.
La resolución del tribunal colegiado en materia penal y administrativa es que a Dafne se le asigne una nueva sentencia contemplando esta vez las pruebas que hicieron falta en el primer juicio, las cuales deberán demostrar su estado psicoemocional a la hora del parto y si conocía que estaba embarazada.
Se constataron violaciones en los derechos de Dafne McPherson Veloz "al habérsele juzgado a través de estereotipos de género y no de hechos", afirmó la abogada.
Dafne McPherson, quien laboraba en la tienda Liverpool de San Juan del Río, Querétaro, el 17 de febrero de 2015 tuvo un parto accidental dentro de un baño del establecimiento.
Su bebé, de ocho meses de gestación, falleció al impedir los trabajadores de ese lugar que ingresarán los servicios médicos a la tienda.