¿Tienes 70 años o eres beneficiario de alguna pensión? Aquí algunas recomendaciones

Conoce algunas recomendaciones de Homero Moreno, miembro del Colegio de Contadores Públicos de La Laguna.

Pensiones. | Freepik
Luis Carlos Valdés
Torreón, Coahuila. /

Dentro de un paquete de iniciativas que presentó el ejecutivo federal en febrero de este año, se incluye una iniciativa de reforma al artículo 123 constitucional con la cual se pretende que todo trabajador con 65 años cumplidos o más, que haya cotizado en el IMSS o en el ISSSTE a partir de la vigencia de la Ley de 1997 se pueda pensionar con el 100% de su salario.

Por tanto, Homero Moreno, miembro del Colegio de Contadores Públicos de La Laguna, dio algunas recomendaciones para trabajadores con 70 años o más o beneficiarios de estos, que tengan recursos financieros en la cuenta administradas por las AFORES.

¿Cuál es la propuesta federal?

Homero Moreno refirió que a nivel federal, se propuso crear un fondo de pensiones con distintas fuentes de financiamiento, en donde se considera tomar los recursos que administran las AFORES, de personas con 70 años o más de 70 años y que no tengan en la actualidad una relación de trabajo vigente.

Las cuentas administradas por la Afores se integran de la siguiente manera: subcuenta del SAR 92 y 97, subcuenta Cesantía y Vejez, subcuenta de vivienda 92 y 1997, aportaciones voluntarias y cuota social.

Cabe hacer mención que las personas que obtengan una pensión en términos de la Ley actual conocida como Ley 1997, no tienen derecho a la devolución de sus recursos, salvo el importe en la subcuenta SAR 1992.

“Cabe recordar que todavía este proyecto de reformas a la Ley de Pensiones, aún no se ha aprobado en su totalidad y por lo mismo no se ha publicado, por lo que hay reglas que pueden modificarse en el proceso legislativo”, precisó Homero Moreno.

Recomendaciones para trabajadores con 70 años o más o beneficiarios

SI no sabes quien administra tu cuenta de afore, localiza con las siguientes opciones SARTEL 55 1328 5000, AFOREWEB.COM.MX, E-SAR.COM.MX o en la aplicación AforeMovil.

Una vez que localice la afore en la que tiene tus recursos, hay que hacer una cita con esa u alguna otra afore, para registrar su cuenta para tener un expediente biométrica, que sería tu llave digital para decidir sobre esa cuenta.

Hay que registrar a sus beneficiarios legales como son: esposa o concubina, hijos, padres, pareja, entre otros o beneficiarios sustitutos.

También hay que descargar la aplicación móvil para Android o IOS, AforeMovil para estar al pendiente de el saldo y movimientos de tu cuenta.

Si ya se encuentra registrado con una cuenta activa de afore, hay que actualizar los datos de los beneficiarios.

En caso de que un familiar haya muerto sin lograr pensionarse, lo recomendable es localizar su número de Seguro Social o con su CURP, localizar si alguna afore está administrando algún saldo de ese familiar.

De igual manera, si tiene más de 65 años, hay que solicitar información en su AFORE y en INFONAVIT, para recuperar los recursos que corresponden a la subcuenta 1992.

Recuerda que mientras tengas una relación de trabajo subordinado, conforme esta el proyecto de reforma, tus recursos no serán transferidos al fondo de pensiones

En todos los casos anteriores no se modifica la imprescriptibilidad para reclamar los posibles recursos que estén en la cuenta Afore, es decir puede presentar la solicitud de restitución de los posibles recursos transferidos a el fondo de pensiones.

Y en su caso el derecho a una pensión tampoco tiene prescripción, aun cuando hayan tomado sus recursos

Si a la edad de 70 años no has solicitado la pensión en términos de la Ley de 1997, revisa los requisitos que para este año 2024 son 825 semanas cotizadas.

EGO

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