Rescatan a 17 personas de origen extranjero en inmuebles del Centro de Monterrey

Entre las personas que fueron localizadas tras cateos el pasado 20 de octubre, se encuentran dos menores de edad.

Rescatan a 17 personas en el Centro de Monterrey. Foto: Especial
Marcela Cuevas
Monterrey, Nuevo León /

Elementos de la Fiscalía General de la República rescataron a 17 personas de origen extranjero, incluidos dos menores, en dos operativos realizados en casas delCentro de Monterrey .

Los cateos, ejecutados por la Policía Federal Ministerial (PFM) de la Agencia de Investigación Criminal (AIC), fueron llevados a cabo en dos inmuebles ubicados en calles del primer cuadro de la ciudad.

Menores son rescatados en hotel

En el primer operativo, la PFM intervino un domicilio en la calle Zaragoza, donde rescató a una persona de origen guatemalteco.

Poco después, en otro inmueble sobre la avenida Pino Suárez, las autoridades encontraron a otras 16 personas originarias de Guatemala, Ecuador, Colombia, Uruguay, Venezuela y Nicaragua, entre las cuales se encontraban dos menores de edad.

Este último lugar, un hotel, albergaba también dinero en efectivo por un monto de 2,700 pesos y un grabador de video digital (DVR) que fue asegurado y enviado a peritaje para su análisis.

Extranjeros no pudieron acreditar estancia legal

Ninguna de las personas rescatadas pudo acreditar su estancia legal en el país, por lo que fueron puestas a disposición del Instituto Nacional de Migración (INM) para los procedimientos correspondientes.

La FGR continúa con las investigaciones y prepara las acciones penales pertinentes contra los presuntos responsables por el delito de albergue ilícito de indocumentados, conforme a la Ley de Migración.

¿Qué derechos tienen las personas migrantes que fueron detenidas en territorio mexicano?

  • Si fui detenido por ser migrante no documentada/o, tengo derecho a:
  • Recibir apoyo del consulado o embajada de mi país. (Artículo 16.7 de Convención para la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares y artículo 69, Fracción IV de la Ley de Migración).
  • Contar con un abogado y mantener contacto constante con él o ella. (Artículo 70 de la Ley de Migración).
  • Recibir asistencia gratuita de un intérprete o traductor si no hablo el idioma del país donde fui detenido. (Artículo 16.5 de la Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares y artículo 70 de la Ley de Migración).
  • A la información, entre otros, sobre mis derechos y obligaciones; a saber el motivo de mi detención y el estado del proceso; a conocer las instancias ante las que puedo presentar alguna denuncia o queja.
  • Exigir una indemnización en caso de haber sufrido una detención arbitraria.

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