Resuelve tribunal cinco impugnaciones sobre elecciones municipales en Coahuila

Magistrados ven cinco medios de impugnación presentados tras la realización de las elecciones locales del 2 de junio.

Esto tras la realización de las elecciones locales del 2 de junio. | Roberto Amaya
Esto tras la realización de las elecciones locales del 2 de junio. | Roberto Amaya
Daniel Santiago
Saltillo, Coahuila /

Los magistrados del Tribunal Electoral de Coahuila resolvieron este martes, cinco medios de impugnación presentados tras la realización de las elecciones locales del 2 de junio, en los municipios de Frontera, Buenaventura, y Progreso, validando los acuerdos de los comités municipales.

El primero de los expedientes que fue revisado, fue la queja interpuesta por el Partido del Trabajo, en contra del cómputo municipal de Sierra Mojada, pidiendo la nulidad de la elección y la entrega de constancias a los candidatos de la coalición Alianza Ciudadana por la Seguridad.

Dicho medio de impugnación fue desechado por los magistrados, que señalaron que la queja se presentó un día después de la fecha límite establecida por la ley de medios de impugnación.

“Se desecha de plano el medio de impugnación interpuesto por el Partido del Trabajo, en virtud de actualizarse la causal de improcedencia consistente en la extemporaneidad en la presentación de su demanda, contenida en el artículo 42, fracción primera, numeral 4, de la ley de medios de participación en materia político electoral y de participación ciudadana para el estado de Coahuila de Zaragoza”, afirmó Sergio Díaz Rendón, magistrado presidente del Tribunal Electoral de Coahuila.

Los magistrados también resolvieron una impugnación presentada en Sierra Mojada, donde la ciudadana Ana Flores, buscaba la nulidad de un acuerdo del comité municipal para la asignación de la sindicatura de primera minoría y las regidurías de representación proporcional.

En este caso, los magistrados electorales, consideraron que solamente para la asignatura de la sindicatura de primera minoría, la posición le corresponde a la opción política que obtenga el segundo lugar en la votación, ya sea fuerza política o coalición, y no se establece que en el caso de que se trate de una coalición, se tenga que otorgar el lugar al partido que haya obtenido más votos entre quienes conforman esta alianza, por lo que desecharon esta impugnación.

En el caso de Frontera, los magistrados se pronunciaron sobre dos impugnaciones presentadas por el Partido del Trabajo y Morena, en las que se buscaba la nulidad de la elección, por parte del primero, y la asignación de la sindicatura de minoría y los puestos de representación proporcional en el cabildo, por el segundo.

En el caso del juicio electoral promovido por el Partido del Trabajo, los magistrados indicaron que la impugnación fue presentada un día después del plazo establecido para ello, por lo que la solicitud de declaratoria de nulidad de la elección, fue desechada de manera unánime.

De igual manera, se validó el acuerdo para la asignación de regidurías de representación proporcional en el municipio de Frontera, por considerar que el proceso se realizó apegado a los reglamentos y atendiendo los lineamientos para garantizar la paridad de género.

Finalmente, en el caso del municipio de Progreso, los magistrados del Tribunal Electoral de Coahuila, desecharon la impugnación presentada por el ciudadano Javier Valdés Villalobos, y confirmaron el acuerdo del comité municipal para la asignación de la sindicatura de primera minoría y las regidurías de representación proporcional, que fueron otorgadas a militantes del Partido del Trabajo.

DAED

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