Tribunal rechaza impugnación de Mario Zamora en elección por gubernatura

El candidato a la gubernatura del estado de Sinaloa por el PRI, Mario Zamora, realizó una impugnación por hechos de violencia vividos en la jornada electoral; sin embargo, estos no modificaron la elección.

Tribunal rechaza impugnación de Mario Zamora en elección por gubernatura. (Fanny Martínez).
Fanny Martínez
Sinaloa. /

El Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa rechazó la impugnación que presentó Mario Zamora Gastélum a través del Partido Revolucionario Institucional (PRI), en contra de la elección a la gubernatura del estado, donde resultó ganador el representante del partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Rubén Rocha Moya.

El Tribunal Electoral avaló la resolución propuesta por la magistrada Aída Inzunza Cázares, quien determinó que los hechos de violencia registrados el día de la elecciones, los cuales acusaba Mario Zamora Gastélum, no tuvieron un alcance de magnitud estatal, ya que se demostró que los actos de violencia se realizaron de manera aislada y representaron únicamente el 0.046 por ciento, de las 4 mil 986 casillas instaladas en todo el estado.

No se tuvo por acreditada la violencia generalizada en el estado de Sinaloa antes y durante la jornada electoral, pues, tal como se desprende de las constancias que obraban en el expediente, sólo se demostró que de manera aislada acontecieron algunos actos de violencia en el estado de Sinaloa” explicaron.

Se rectificó que en el estado de Sinaloa hubo una participación ciudadana del 49.50 por ciento, y que el primer lugar de las elecciones lo obtuvo Rocha Moya con 56.60 por ciento con 624 mil 225 votos; mientras que el segundo lugar lo obtuvo Mario Zamora, quien obtuvo el 32.49 por ciento con 358 mil 313 votos; existiendo una diferencia entre ambos de 24.11 por ciento.

Durante la sesión virtual del Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa, se informó que sí se realizaron las irregularidades antes mencionadas, sin embargo las mismas no son determinantes para el resultado de la votación ni, por consecuencia, para anular la elección estatal impugnada.

En ese sentido, las irregularidades acreditadas en el expediente no tuvieron la trascendencia para afectar de manera negativa los principios que rigen una elección democrática.

En consecuencia, por unanimidad de votos se confirmó el cómputo de la elección estatal y la expedición de la constancia de mayoría respectiva.

Finalmente, el Pleno del Tribunal resolvió por unanimidad de votos la asignación de regidurías por el principio de representación proporcional del ayuntamiento de Mazatlán, Sinaloa, así como la expedición de las constancias respectivas realizadas por el Consejo Municipal Electoral de Mazatlán.

KT

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