Tamaulipas hizo diversas reformas para ser más específicos en las causas del maltrato animal. Entre los cambios que se hicieron al Código Penal del estado están que se define en qué casos se puede dar la mutilación corporal a los animales y se incluye la zoofilia. También se establece que los municipios deberán contar con un registro municipal de animales.
En el Periódico Oficial del Estado fueron publicadas las reformas al Código Penal de Tamaulipas y a la Ley de Protección a los Animales en el estado.
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Mutilación
La primera reforma al Código Penal de Tamaulipas se da al artículo 468 el cual establece que es considerado actos de crueldad o tortura “mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que el acto tenga fines de marcación de acuerdo a la especie del animal, castración o se realice con motivo de evitarle sufrimientos mayores al animal”.
Con este se modifica la parte donde señalaba que era crueldad o tortura mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, “salvo que el acto tenga fines de mejoramiento, marcación o higiene de la respectiva especie animal o se realice con motivo de evitarle sufrimientos mayores al animal”.
Y es que, de acuerdo con la iniciativa presentada el 5 de julio de 2023 y aprobada el 22 de agosto de este mismo año, si bien en la Ley de Protección a los Animales se estipula que quedan prohibidas las mutilaciones para modificar su apariencia o fines no médicos, en el Código Penal de Tamaulipas quedaba ambiguo, por ello se hizo la reforma.
Incluyen zoofilia
En este mismo artículo se agrega el párrafo VII donde se marca como actos de crueldad o tortura “Realizar actos de zoofilia, entendiéndose como tal conducta la realización del acto sexual entre un ser humano y otra especie animal”.
Este agregado se da también para igualar la Ley de Protección a los Animales, donde ya se contempla que es maltrato o crueldad “toda utilización o perversión sexual en la que se haga participar a un animal”.
La reforma al Código Penal marca sanciones por zoofilia. “En caso de que se cause una lesión grave o la muerte al animal como consecuencia de dicho acto, las penas se aumentarán en una mitad”.
Cabe señalar que en las legislaciones de Quintana Roo, Jalisco, Nuevo León, Oaxaca y la Ciudad de México ya se encuentra tipificado este delito.
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Registro Municipal Animal
En la publicación del Periódico Oficial también se informa de cambios en la Ley de Protección a los Animales de Tamaulipas. Se establece que los municipios de Tamaulipas deberán crear el Registro Municipal Animal, con objeto de identificar y registrar a los dueños de animales domésticos y silvestres en cautiverio que ya existen, con los cuales se retroalimentará el Registro Estatal y la elaboración del Reglamento Municipal de Protección Animal.
También, en la medida de lo posible y con base en su disponibilidad presupuestal, garantizarán la esterilización gratuita de animales, así como su trato digno y respetuoso en los centros de control animal, sancionando a quienes incurran en maltrato animal en los términos de esta ley.
EAS