La extracción de plantas silvestres de su hábitat natural y su posesión sin la documentación correspondiente puede constituir un delito federal, aseguró Miguel Ángel Garza Martínez, coordinador de la Maestría en Gestión Ambiental de la Facultad de Ciencias Biológicas de la Universidad Juárez del Estado de Durango (UJED), quien exhortó a la población a evitar llevar a sus hogares especies protegidas y a adquirirlas únicamente por la vía legal.
Explicó que a nivel mundial el tráfico de especies ocupa el tercer lugar en el mercado negro después de las drogas y las armas.
Propiedad de la nación
La legislación mexicana, señala, establece que todas las especies silvestres nativas que se distribuyen en el territorio nacional son propiedad de la nación, por lo que ninguna persona puede apropiarse de ellas simplemente por encontrarlas en un terreno o en el campo.
Entre las especies que con mayor frecuencia son retiradas del medio natural mencionó que existen diversas cactáceas, las biznagas, la noa y la conocida pata de elefante, esta última protegida, aunque no sea originaria de la región.
"El hecho de que una planta o un animal esté dentro de un predio particular no significa que sea propiedad del dueño del terreno. La ley permite su posesión únicamente cuando se obtiene mediante los procedimientos legales correspondientes".
Indicó que la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT es la que determina cuáles especies de flora y fauna se encuentran en alguna categoría de riesgo, ya sea sujetas a protección especial, amenazadas o en peligro de extinción.
¿Cómo adquirirlas legalmente?
Aseguró que sí es posible adquirir este tipo de ejemplares de manera legal, siempre que provengan de viveros autorizados por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), los cuales deben entregar al comprador la documentación que acredite el origen legal de la planta.
Mencionó el caso de las biznagas y otras cactáceas, la venta es permitida únicamente cuando el establecimiento entrega una factura o nota de remisión donde aparezca el registro del vivero, el nombre científico de la especie y el número de ejemplares comercializados.
"No es ilegal tener una especie protegida, lo ilegal es extraerla del medio natural o poseerla sin poder demostrar su origen legal".
Lamentó que muchas personas continúan retirando plantas directamente del monte, los cerros o zonas desérticas por desconocimiento o por considerar que no generan un impacto ambiental.
"Es muy común que alguien vea una cactácea con flores, le guste y decida llevársela. Eso sí representa u delito porque se está extrayendo flora silvestre de su hábitat natural".
¿Cuáles son las sanciones?
Estas acciones, dijo, están contempladas en el Código Penal Federal, por lo que pueden derivar en sanciones económicas y penales que van de los 300 hasta tres mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), además de penas de tres a nueve años de prisión, dependiendo de la gravedad del caso y de las circunstancias en que se cometa la infracción.
Expuso que las sanciones pueden agravarse cuando la extracción ocurre dentro de Áreas Naturales Protegidas, como la Reserva de la Biosfera de Mapimí o el Área de Protección de Recursos Naturales Ríos y Montañas de la Comarca Lagunera, donde la legislación establece mayores responsabilidades para quienes dañen la biodiversidad.
“Si se extraen especies que están sujetas a protección especial con conocimiento previo, pueden ser acreedores a una multa o incluso la cárcel”.
Explicó que la extracción constante de ejemplares representa un problema serio, ya que muchas especies, particularmente las cactáceas, requieren varias décadas para alcanzar su tamaño adulto.
"Hay ejemplares que tienen 50, 60 o hasta 70 años de crecimiento y al retirarlos del ecosistema no solo desaparece esa planta, también se afecta a otras especies que dependen de ella para alimentarse, protegerse o reproducirse".
Reconoció que para la ciudadanía puede resultar complicado identificar cuáles plantas requieren autorización y cuáles no, debido a que existen especies similares que sí pueden comercializarse libremente, además de ejemplares importados o producidos legalmente en viveros.
Es por eso que recomendó acudir con especialistas para que se les oriente antes de adquirir alguna especie, solicitar siempre el nombre científico de la planta antes de comprarla y verificar si aparece en la NOM-059.
De igual manera sugirió utilizar plataformas de ciencia ciudadana como Naturalista, donde especialistas ayudan a identificar especies a través de fotografías.
"No debemos llevarnos una planta solo porque nos gustó o porque alguien recuerda haber tenido una igual”.
Aseguró que las especies cumplen una función dentro del ecosistema y extraerlas afecta el equilibrio natural, por lo que consideró necesario que exista una mayor educación ambiental para que la gente sepa qué puede hacer y qué no".
Reiteró el llamado a la población a no extraer ninguna planta del medio silvestre y pidió a las autoridades fortalecer la educación ambiental para que la ciudadanía conozca las implicaciones legales y ecológicas de estas prácticas.
dahh.