En sesión del pleno, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el Decreto 576 sobre la reforma electoral enviada por el gobernador Cuitláhuac García Jiménez y que fue aprobada en mayo pasado por el Congreso del Estado de Veracruz.
De esta manera se da marcha atrás al recorte del 50 por ciento de las prerrogativas destinadas a los partidos políticos y desaparición de consejos municipales electorales, entre otras medidas.
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Ya el fin de semana el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) había ordenado al Organismo Público Local Electoral (OPLE) de Veracruz, devolver los recursos recortados a los partidos políticos con la aplicación de la reforma electoral hoy declarada inconstitucional.
Con el voto mayoritario de ocho ministros del Pleno de la SCJN se determinó que no es válido el blindaje para que no sean sometidos a consulta popular la permanencia del gobernador y otros funcionarios de elección popular, tampoco el presupuesto, el sistema financiero ni la constitución.
Con dicha reforma también se había reducido el periodo de los alcaldes de 4 a 3 años con derecho a reelección. La reforma electoral fue aprobada con 34 votos a favor, 14 en contra y una abstención.
La SCJN determinó que existieron violaciones al procedimiento legislativo, lo que fue suficiente para invalidarlo “porque genera una afectación substancial al principio de democracia deliberativa”.
ROA