Abren investigación por posibles prácticas monopólicas en el futbol mexicano

El documento precisa que se han identificado posibles conductas que se pudieran acreditar como monopólicas, esto luego de que la liga MX eliminara oficialmente el ascenso y descenso.

Abren investigación por posibles prácticas monopólicas en el futbol mexicano (Imago7)
Ciudad de México /
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La Comisión Nacional Antimonopolio abrió una investigación por posibles prácticas monopólicas en el futbol mexicano, en un nuevo escrutinio sobre las condiciones de competencia que prevalecen en esta industria; el organismo informó este lunes 14 de septiembre que analizará si existen conductas que puedan afectar la libre competencia en el mercado.

A través de un aviso publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Secretaría de Economía anunció el inicio de la investigación de oficio identificada con el número de expediente IO-001-2026, de acuerdo con la Ley Federal de Competencia Económica.

El documento precisa que se han identificado posibles conductas que se pudieran acreditar como monopólicas en el mercado de afiliación, organización y acceso a competiciones de futbol profesional federado en México. Así como servicios similares o relacionados.

Esto sucede luego de que en la temporada 2026-2027, la liga MX eliminara oficialmente de su reglamento el ascenso y descenso deportivo, lo que significa que ningún equipo de primera división pierde la categoría por malos resultados, ni los clubes de la Liga de Expansión pueden subir a la máxima categoría.

Tampoco existen los pagos económicos que antes hacían los peores clubes de la tabla porcentual. Decisión que fue cuestionada por el coordinador nacional de Movimiento Ciudadano, Jorge Alvarez Maynez.

El documento explica que esto puede constituir violaciones a la ley, la cual determinarán con una investigación.

El aviso se refiere únicamente al inicio de un procedimiento indagatorio, de carácter administrativo, en el que aún no se han identificado en definitiva los actos que, en su caso, puedan constituir una violación a la ley, ni está determinado en definitiva el o los sujetos a quien o quienes, en su caso, se les deberá oír en defensa como probables responsables de una infracción a la normatividad mencionada, ni se ha determinado aún el mercado relevante.

Por lo que explica que el procedimiento no debe entenderse como un prejuzgamiento sobre la responsabilidad de agente económico alguno.

Por último, detalla que el periodo de la investigación no será inferior a treinta días hábiles ni excederá de ciento veinte días hábiles, contados a partir de la fecha de emisión del presente acuerdo.

Mismo que podrá ser ampliado hasta por tres ocasiones, por periodos de hasta ciento veinte días,de conformidad con lo dispuesto en el cuarto párrafo del artículo citado.

FCM


  • Nilsa Hernández
  • Reportera de negocios, especializada en temas de consumo, agroindustria y comercio internacional. Egresada de la FCPyS. Soy amante de las buenas historias, las películas de terror, largas pláticas y los gatos.

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