Un hombre que trabaja en telemarketing fue indemnizando con 75,000 euros luego de que fuera despedido por una empresa estadunidense por negarse a tener su cámara de video encendida durante una capacitación laboral, reportaron medios internacionales.
De acuerdo con Netherlands Times, portal de noticias de Países Bajos, el residente de Diessen, Noord-Brabant, fue contratado por la sucursal de Rijswijk de Chetu Inc., una empresa de desarrollo de software con sede en Miramar, Florida.
Su actividad empresarial consiste en el desarrollo, producción y edición de software y en el asesoramiento y soporte en el campo de las tecnologías de la información. Emplea aproximadamente a 2 mil 600 personas en todo el mundo.
El hombre trabajó desde el 14 enero de 2019 bajo el puesto de "representante de ventas interno", cuyas actividades consistían en la adquisición de nuevos clientes. Su retribución consistía en un salario de 3.297,00 euros brutos al mes, excluyendo el 8% de vacaciones, una comisión de 4.110,00 euros brutos al mes (de media en 2022) y un plus variable de aproximadamente 3.739,15 euros brutos al año.
El 23 de agosto recibió un correo electrónico de Chetu Inc. anunciando que estaba obligado a participar en el Programa de Acción Correctiva ("CAP"), un aula virtual con vigencia inmediata, y tenía que estar conectado durante toda la jornada laboral, compartir su pantalla y dejar su cámara encendida. Dos días después de Chetu Inc, el trabajador respondió:
“No me siento cómodo siendo monitoreado por una cámara durante 9 horas al día. Esto es una invasión de mi privacidad y me hace sentir muy incómodo. esa es la razón por la que mi cámara no está encendida. Ya puedes monitorear todas las actividades en mi computadora portátil y estoy compartiendo mi pantalla”, se lee en los registros judiciales del caso.
Luego, el 26 de agosto, después de dos instrucciones más insistentes de Chetu Inc. para que encendiera su cámara, el hombre respondió de manera similar Esa misma noche, recibió de la empresa un correo electrónico con el siguiente contenido:
“Hola. Por la presente se da por terminado su empleo. Motivo: Negativa a trabajar; Insubordinación”.
El trabajador procedió legalmente contra la empresa y expuso su caso ante el Tribunal de Distrito de Zelanda-Brabante Occidental, dando inicio a un juicio que comenzó el 28 de septiembre y el fallo fue publicado el 4 de octubre asignándose el caso 10072897 AZ VERZ 22-61.
El Tribunal resolvió a favor del trabajador al considerar que "el despido inmediato por 'negativa al trabajo' e 'insubordinación' no es legalmente válido".
"El empleador no ha dejado suficientemente claro los motivos del despido. Además, no ha habido evidencia de una negativa a trabajar, ni ha habido ninguna instrucción razonable. La instrucción de dejar la cámara encendida es contraria al derecho del trabajador al respeto de su vida privada", se lee en la sentencia.
Según un extracto del registro comercial, la sucursal holandesa de Chetu Inc. fue cancelada a partir del 31 de agosto y dada de baja del registro mercantil a partir del 1 de septiembre. Además, según un correo electrónico del departamento de recursos humanos de Chetu Inc. en Estados Unidos que ha sido informado del procedimiento pendiente. A pesar de esto, Chetu Inc. no presentó escrito de defensa, ni compareció a la audiencia.